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BORDA, MIGUEL ANGEL Y OTRO c/ EN-M JUSTICIA-SPF s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Reclamo por remuneraciones y suplementos de servicio del personal militar y penitenciario. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar parcialmente a la demanda reconociendo carácter remunerativo y bonificable de varios suplementos y ordenando el pago de diferencias con intereses, y confirmó la distribución de costas por el orden causado.

Recurso de apelacion Suplementos remunerativos Decreto 243/15 Responsabilidad jerarquica Estado penitenciario Tasa pasiva bcra Costas Condena al estado Intereses Plazo bienal (14.7.2017)


¿Quién es el actor?

BORDA, MIGUEL ÁNGEL y otro.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional — Ministerio de Justicia (SPF) — en relación con personal militar y civil de las FFAA y de Seguridad.
- Objeto de la demanda: Se reclamó el reconocimiento de carácter remunerativo y bonificable de distintos suplementos establecidos por el decreto 243/15 (entre ellos “Responsabilidad Jerárquica”, “Estado Penitenciario”, “Complementaria por Grado”, y compensaciones por “Gastos por Prestación de Servicio”, “Gastos de Representación” y “Apoyo Operativo”), más las diferencias salariales devengadas y sus accesorios.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia en cuanto fue materia de agravios; en consecuencia se mantiene el reconocimiento del carácter remunerativo y bonificable de los suplementos y compensaciones reclamados, la condena del Estado Nacional al pago de las diferencias devengadas desde el 14.7.2017 y hasta su efectivo pago, con los accesorios aplicables, y la distribución de las costas en el orden causado; no se imponen costas en la Alzada por no mediar actividad del contrario.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes de la sentencia): "Que, el señor juez de primera instancia hizo lugar parcialmente a la demanda y, en consecuencia, reconoció el carácter remunerativo y bonificable de los suplementos “Responsabilidad Jerárquica” (art. 2°) y “Estado Penitenciario” (art. 4°), como así también la bonificación “Complementaria por Grado” (art. 3°) y las compensaciones de “Gastos por Prestación de Servicio” (art. 5°), “Gastos de Representación” (art. 7°) y “Apoyo Operativo” (art. 8°), todos ellos otorgados por el decreto 243/15 y percibidos por los actores según cada caso. Asimismo, condenó al Estado Nacional a abonar las diferencias devengadas y adeudadas desde los dos años anteriores a la promoción de la demanda —14.7.2017— (en tanto consideró aplicable al caso el plazo bienal previsto en el art. 2562, inc. c, del C.C.C.N.) y hasta la fecha de su efectivo pago. Que, en relación con la tasa de interés aplicable, los argumentos expuestos no logran conmover el criterio seguido por el juez de grado respecto de que los accesorios sobre el capital de condena deben calcularse según la tasa pasiva promedio publicada por el B.C.R.A.; solución que se compadece con lo decidido por la Corte federal en los precedentes de Fallos: 331:1690, 334:376, entre muchos otros, y por esta Sala..."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; los señores jueces Morán y Vincenti adhieren al voto del Dr. Duffy.

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