TIAPKIN, ARTEM s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA
Solicitud de carta de ciudadanía por Artem Tiapkin por ser padre de hijo argentino; el Juzgado Civil y Comercial Federal n.º10 hizo lugar a la petición y declaró a Artem Tiapkin ciudadano argentino, ordenando la expedición de la carta de ciudadanía y oficios a registros correspondientes, con las advertencias legales sobre pérdida de nacionalidad anterior y posible cancelación por fraude.
¿Quién es el actor?
ARTEM TIAPKIN.
¿A quién se demanda?
(no hay una parte demandada concreta; procedimiento de solicitud de ciudadanía dirigido ante el Juzgado Civil y Comercial Federal n.º10).
- Objeto de la demanda: Solicitud de concesión de la ciudadanía argentina y expedición de la carta de ciudadanía (expte. 24321/2024).
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar a la solicitud y se declara ciudadano argentino a ARTEM TIAPKIN, disponiéndose la extensión del título respectivo y la expedición de la carta de ciudadanía, con comunicación al Registro Nacional de las Personas, a la Cámara Nacional Electoral y a la Dirección Nacional de Migraciones, e indicaciones sobre la obligación de jurar fidelidad y enrolarse en el plazo de un año y las consecuencias sobre la nacionalidad anterior y la posible cancelación por fraude.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"En este sentido, de las constancias arrimadas al proceso no se advierte la existencia de obstáculos que puedan frustrar la petición del interesado."
"Por otro lado, goza de una situación migratoria regular, no existiendo constancia alguna de variación de dicho estado migratorio."
"En cuanto a su residencia en el país, si bien no alcanza los 2 años, cuadra señalar que el peticionario se encuentra comprendido dentro de una de las causales de excepción previstas en el artículo 3, segunda parte, inciso f, del decreto reglamentario 3213/84, debido a que tiene un hijo argentino nacido el 04/11/24 (conf. certificado de nacimiento emitido el 07/11/24)."
"Por lo expuesto precedentemente, cabe concluir que el peticionario reúne las condiciones prescriptas por la Constitución Nacional, por la ley 346 -y sus modificatorias
- para la incorporación de extranjeros a la ciudadanía argentina, y atento la expresa manifestación de voluntad prestada por quien peticiona,"
(y la Parte Resolutiva que dispone:) "Declarar ciudadano argentino a ARTEM TIAPKIN... Expídase la carta de ciudadanía, ofíciese al Registro Nacional de las Personas, a la Cámara Nacional Electoral y a la Dirección Nacional de Migraciones (conf. art. 110 de la ley 25871)."
No se registran votos en disidencia; la resolución fue dictada por el Juez de 1ª instancia y consta la firma de GONZALO AUGUSTE.
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