LAMAS RAMIREZ, GABRIEL DAVID c/ OSDE s/SUMARISIMO DE SALUD
Amparo de afiliado de OSDE por cobertura de tratamiento odontológico complejo con anestesia y monitoreo. El Juzgado hizo lugar a la demanda y condenó a OSDE a cubrir integralmente (100%) las intervenciones quirúrgicas odontológicas necesarias, regulando honorarios de la actora en 35 UMA ($2.823.240), por considerar acreditada la patología, la indicación y la insuficiencia de la cobertura ofrecida.
¿Quién es el actor?
HDR en representación de su hijo GDRG (afiliado identificado en autos como GDLR/GDRG).
¿A quién se demanda?
ORGANIZACIÓN DE SERVICIOS DIRECTOS EMPRESARIOS (OSDE).
- Objeto de la demanda: acción de amparo para obtener la cobertura total (100%) del tratamiento odontológico complejo prescripto (dos etapas: implantes, tratamientos endodónticos, pernos, coronas provisionales y definitivas; necesidad de quirófano, anestesista y cardiólogo; presupuestos: $1.468.200 más IVA primera etapa y $2.136.000 más IVA segunda etapa, más costos de quirófano/anestesia/cardiólogo).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda. OSDE fue condenada a brindar la cobertura integral (100% del costo) de las intervenciones quirúrgicas odontológicas que precise el accionante. Se impusieron las costas a la demandada y se regularon honorarios del letrado de la actora en 35 UMA ($2.823.240).
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"En esas condiciones, cabe aseverar que la actitud adoptada por la obra social encuadra en la calificación de ilegalidad o arbitrariedad manifiesta que requiere el art. 321 inc. 2 del CPCC, pues conduce a su afiliado a un estado de indefensión y desamparo que indudablemente conculca sus derechos fundamentales a la salud y a la vida expresamente reconocidos en la Constitución Nacional, lo cual no debe ser admitido en sede judicial, de manera que corresponde dictar el pronunciamiento requerido por la parte actora, a fin de que la demandada brinde la cobertura pertinente (Fallos 327:5373)."
"Los principios antes señalados y los medios probatorios producidos en autos justifican concluir en que la prestación requerida en esta litis, debe ser otorgada por la entidad asistencial demandada, siendo claro que de no darse solución al problema suscitado, se priva a su afiliado de los elementos imprescindibles para el resguardo de su salud y tratamiento de la patología que presenta, con grave menoscabo a su estado y posiblemente poniendo en peligro sus posibilidades de recuperación y exponiéndola a la posibilidad de futuras perturbaciones del orden psíquico, lo cual implica una conducta que no es ajustada a derecho."
"En efecto, la justificación del tratamiento surge del certificado médico del Dr. Morera ya señalado y de los antecedentes médicos del accionante."
"Por lo expuesto, FALLO: 1) Haciendo lugar a la demanda incoada por GDLR. En consecuencia, condeno a OSDE a brindar al demandante la cobertura integral del (100% del costo) de las intervenciones quirúrgicas odontológicas que precise el accionante, a fin de solucionar la anomalía que presenta."
- Disidencias: no se registran votos en disidencia; sentencia de primera instancia firmada por el juez único.
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