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BALOSSI OSVALDO c/ ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE JUSTICIA- Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS

Reclamó indemnización por daños y perjuicios derivado del incendio en República de Cromañón. La Cámara confirmó la condena por daño moral por $150.000, dejó sin efecto la indemnización por daño psíquico y confirmó que los intereses corren desde el 30/12/2004.

Cromanon Danos y perjuicios Dano moral Dano psiquico Responsabilidad concurrente Intereses desde el hecho Tasa pasiva bcra Distribucion porcentual Responsabilidad del estado Camara contencioso administrativo federal sala iii.


¿Quién es el actor?

Osvaldo Balossi.
- Demandados: Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; Estado Nacional – Ministerio de Justicia – y otros (varios integrantes del grupo Callejeros y terceros vinculados).
- Objeto de la demanda: indemnización por daños y perjuicios (daño moral y daño psíquico) derivados del incendio ocurrido el 30/12/2004 en el local "República de Cromañón".

¿Qué se resolvió?

La Cámara desestimó el recurso de la parte actora y hizo lugar parcialmente a las apelaciones del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y del Estado Nacional. En consecuencia, condenó concurrentemente al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, al Estado Nacional y al resto de los terceros citados a abonar a la actora la suma de $150.000 en concepto de daño moral y dejó sin efecto la suma reconocida en concepto de daño psíquico. Los importes devengarán intereses desde la fecha del hecho dañoso (30/12/2004) a la tasa pasiva promedio mensual que publique el Banco Central; se impusieron costas en el orden causado.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "Por los fundamentos esgrimidos en el precedente 'Mangiarotti' ya citado, corresponde confirmar la sentencia de primera instancia y, en consecuencia, (i) declarar el carácter de responsabilidad concurrente del demandado y terceros citados, y que el actor se encuentra habilitado a exigir el pago total de la deuda a los demandados, como así también a cualquiera de los terceros respecto de los cuales se extendió la condena dispuesta; y (ii) establecer los siguientes porcentajes para la indemnización: 35% a cargo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; 35% a cargo del Estado Nacional; y 30% a cargo del grupo de particulares..." "Es así que, a la luz de la doctrina jurisprudencial, y teniendo en cuenta los padecimientos sufridos por el actor ... se desestiman los agravios deducidos sobre la procedencia de este rubro tanto por la parte actora como por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y el Estado Nacional, y se confirma la suma de $150.000.
- otorgado en la instancia anterior, en concepto de daño moral." "Por lo tanto, corresponde desestimar los agravios deducidos por la parte actora al respecto, admitir los agravios del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y del Estado Nacional, y en consecuencia, dejar sin efecto la suma reconocida en concepto de daño psíquico reconocido en la sentencia de grado." "De este modo ... los intereses se devengan desde la fecha en que se produjo el hecho dañoso, el día 30/12/2004, y hasta el efectivo pago ... se deberá aplicar la tasa pasiva promedio mensual que publique el Banco Central de la República Argentina."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; el voto del Dr. Fernández contó con adhesión del Dr. Morán y fue el que resolvió la Sala.

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