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DEUSA, FRANCO LUCIANO Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL- MINISTERIO DE DEFENSA-FAA s/SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD

Los actores promovieron acción contra el Estado Nacional por suplementos de Fuerzas Armadas y de Seguridad. La Cámara Federal de Córdoba reguló los honorarios del apoderado de la parte demandada en el 35% de lo regulado en primera instancia y recordó al Juzgado de primera instancia su obligación de controlar la inexistencia o integración de la Tasa de Justicia.

Honorarios Caducidad de instancia Ley 27.423 Tasa de justicia Regulacion de honorarios Camara federal de cordoba Costas Apelacion confirmada Impuesto al valor agregado Arts. 10 y 14 ley 23.898

Actor: DEUSA, FRANCO LUCIANO Y OTROS. Demandado: Estado Nacional
- Ministerio de Defensa
- F.A.A. Objeto de la demanda: reclamo por suplementos Fuerzas Armadas y de Seguridad; en este incidente, petición de regulación de honorarios por la actuación en Alzada a favor del apoderado de la demandada.

¿Qué se resolvió?

Se regularon los honorarios del Dr. Ángel Sebastián Yocca por su actuación en la Alzada por la caducidad en el 35% de lo regulado en primera instancia; además se recordó la obligación del Juzgado de primera instancia, conforme arts. 10 y 14 de la Ley 23.898, de controlar la inexistencia de deuda por Tasa de Justicia o la integración total de la misma antes de archivar la causa o en la etapa de ejecución. Fundamentos principales (transcripción textual de párrafos relevantes): "II. Valoradas las tareas efectuadas en la Alzada por la doctor Ángel Sebastián Yocca, la que consiste en el escrito de contestación de agravios de fecha 11/02/2025, corresponde aplicar el art. 30 de la Ley N° 27.423 y teniendo en cuenta el resultado obtenido, se entiende prudente, justo y equitativo fijar sus honorarios por su labor profesional en esta Alzada en el 35% de lo regulado en primera instancia, todo lo cual será abonado conforme la imposición de costas dispuesta por este Tribunal en la resolución citada. III. Los honorarios regulados no incluyen el Impuesto al Valor Agregado, monto que –en su caso
- deberá ser adicionado conforme a la subjetiva situación del profesional beneficiario frente al citado tributo." Se transcribe además el dispositivo final: "SE RESUELVE: I.
- Regular los honorarios del doctor Ángel Sebastián Yocca, letrado apoderado de la parte demandada, por la actuación en esta Alzada por la caducidad, en el 35% de lo regulado en primera instancia. II.-Recordar la obligación por parte del Juzgado de primera instancia, en los términos de los arts. 10 y 14 de la Ley 23.898, de controlar -antes de archivar la causa-la inexistencia de deuda por Tasa de Justicia, en los casos en que las partes no se encuentran exentas, debiendo asimismo verificarse en los supuestos que corresponda, la integración total de dicha tasa una vez determinados los montos del juicio en la etapa de ejecución. III.
- Protocolícese y hágase saber. Cumplido, publíquese y bajen.-" No hubo voto en disidencia relevante consignado en el dispositivo final.

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