ZAVALA, VICTOR HUGO c/ ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS s/ACCION MERAMENTE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD
El actor promovió acción declarativa de inconstitucionalidad contra la AFIP reclamando devolución de retenciones por Impuesto a las Ganancias sobre jubilaciones y el cálculo de intereses. La Cámara Federal de Córdoba revocó el proveído de fecha 04/09/2024 en cuanto al cálculo de intereses y ordenó a la demandada confeccionar nueva planilla conforme a los parámetros fijados, y confirmó el resto del proveído.
¿Quién es el actor?
Zavala, Víctor Hugo.
¿A quién se demanda?
Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
- Objeto de la demanda: Acción meramente declarativa de inconstitucionalidad por retenciones del Impuesto a las Ganancias sobre haberes jubilatorios; ejecución de sentencia y cálculo de montos a reintegrar (capital e intereses).
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso de apelación, revocó el proveído del 04/09/2024 en lo relativo al cálculo de intereses y ordenó a la AFIP que elabore nueva planilla de liquidación calculando los intereses desde que cada suma fue retenida hasta su efectivo pago; en lo demás, confirmó el proveído impugnado. Se impusieron las costas de la Alzada en el orden causado y se regularon honorarios para la apoderada del actor en el 30% de lo regulado en primera instancia; no se regularon honorarios al representante de la demandada.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
- "Respecto a la fecha de computo de los intereses que corresponde adicionar a las sumas mandadas a reintegrar corresponde señalar que esta Cámara Federal ha zanjado el tema en el fallo plenario de fecha 30 de octubre de 2024 ... en el que se dispuso, en lo pertinente: 'POR MAYORÍA: I.
- En los procesos judiciales en los cuales se cuestiona la constitucionalidad del Impuesto a las Ganancias sobre las jubilaciones y pensiones y se hace lugar a la acción, iniciados y tramitados como acción declarativa de certeza, los intereses de las sumas a reintegrar por el período no prescripto correrán desde que cada suma fue retenida.'"
- "En definitiva corresponde hacer lugar al recurso de apelación interpuesto por la parte actora, revocar el proveído dictado con fecha 04/09/2024 y ordenar a la demandada que proceda a elaborar la planilla de liquidación calculando los intereses para las sumas retenidas y que se ordenan restituir, desde que cada suma fue retenida y hasta el momento de su efectivo pago."
- Sobre costas y honorarios: "Las costas de la Alzada corresponden sean impuestas en el orden causado atento la naturaleza de la cuestión debatida (art. 68, 2da. parte del CPCCN), regular los honorarios de la doctora Laura Alejandra del Milagro Cejas, apoderada del actor, en el 30% de lo que regulado en primera instancia ... No se regulan honorarios al representante legal de la demandada, atento el régimen de costas y ser profesional a sueldo de su mandante (art. 2 de la Ley N° 27.423)."
- Disidencias: No consta voto en disidencia; ambos jueces votaron en idéntico sentido.
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