ZUNINO, SEBASTIAN GABRIEL c/ EN-M SEGURIDAD-DIRECCION DE FISCALIZACION DE PRECURSORES QUIMICOS (EX 25437995/23) s/REGISTRO NACIONAL DE PRECURSOS QUIMICOS - LEY 26045 - ART 16
Zunino impugnó una multa de $500.000 por tenencia de precursores químicos sin inscripción. La Cámara confirmó la disposición administrativa, consideró típica la conducta de tenencia sin habilitación y fijó costas y honorarios (10 UMA = $806.640).
¿Quién es el actor?
Sebastian Gabriel Zunino.
¿A quién se demanda?
EN-M Seguridad
- Dirección de Fiscalización de Precursores Químicos (Ministerio de Seguridad).
- Objeto de la demanda: Impugnación de la disposición n° Dl-2024-270-APNDFPO#MSG (14/11/2024) que impuso una multa de PESOS QUINIENTOS MIL ($500.000) por infracción de los art. 4° y 8° de la ley 26.045 y el art. 1° del Anexo I del decreto 593/2019, por tenencia de diversas sustancias controladas sin inscripción válida.
¿Qué se resolvió?
Se desestimaron los agravios del recurrente y se confirmó la disposición n° Dl-2024-270-APNDFPO#MSG, con costas; y se fijaron los honorarios conforme al considerando XII (10 UMA, equivalentes a $806.640).
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
"En los términos del artículo 1º del anexo I del decreto 593/2019, 'se entenderá por operador a quien realice cualquiera de las actividades descriptas precedentemente', entre ellas el almacenamiento de las sustancias controladas." (considerando VII)
"Ciertamente, se encontraron varias sustancias, en las cantidades detalladas de 'CIEN MILILITROS (0,100 l) de Hexano, NOVECIENTOS MILILITROS (0,900 l) de Ácido Clorhídrico, UN LITRO (1 l) de Acetona, NOVECIENTOS MILILITROS (0,900 l) de Ácido Sulfúrico, CIEN GRAMOS ( 0,100 kg) de Hidróxido de Sodio, NOVECIENTOS MILILITROS (0,900 l) de tolueno y UN LITRO (1 l) de Hidróxido de Potasio en solución'." (considerando VIII)
"La autoridad tuvo especialmente en cuenta la falta de antecedentes del recurrente y fijó un importe para la multa ($500.000) que se encuentra dentro de la escala que el artículo 14, inciso ‘c’, de la ley 26.045 —$10.000 a $1.000.000—). Así, no se demostró que el Director de Fiscalización de Precursores Químicos se haya apartado de las pautas regladas normativamente para determinar la cuantía de la multa." (considerando IX)
- Disidencias relevantes: No consta voto en disidencia; la decisión final es la confirmación indicada.
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