BODEGAS ESMERALDA SA (TF 112676850-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
Bodegas Esmeralda SA solicitó la devolución de derechos de exportación abonados por exceso. La Cámara Contencioso Administrativo Federal - Sala I revocó la decisión apelada, declaró inconstitucional el decreto 793/2018, reconoció el derecho al reintegro (en pesos con intereses) y puso las costas a cargo de la demandada.
¿Quién es el actor?
Bodegas Esmeralda SA (TF 112676850-A).
¿A quién se demanda?
Dirección General de Aduanas (DGA) / Estado nacional.
- Objeto de la demanda: Reintegro de derechos de exportación abonados en exceso al oficializar el permiso de embarque n°18038EC03007750U y cuestionamiento de la validez del régimen establecido por el decreto 793/2018; impugnación, además, de la tasa de interés fijada por la resolución n°559/2022 (ME).
¿Qué se resolvió?
Se admitieron los agravios de la actora en el plano sustancial, se rechazaron las críticas contra la tasa de interés de la resolución n°559/2022, se revocó el pronunciamiento apelado y se declaró la inconstitucionalidad de los derechos de exportación establecidos sin sustento legal por el decreto 793/2018; se reconoció el derecho de Bodegas Esmeralda SA al reintegro de los derechos abonados en exceso por el permiso de embarque n°18038EC03007750U, con devolución en pesos y adición de intereses desde la fecha de presentación del reclamo hasta su efectivo pago; y se impusieron las costas de ambas instancias a la parte demandada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"III. Que los agravios que ofrece la firma actora, en cuanto al plano sustancial, hallan una adecuada respuesta en las consideraciones y en las conclusiones desarrolladas por esta sala en las causas nº 13.061/2022 “Newsan S.A. c/ DGA s/ Recurso Directo de Organismo Externo”, pronunciamiento del 2 de febrero de 2023, ... Por consiguiente, corresponde admitir los agravios de la firma actora y declarar la inconstitucionalidad de los derechos de exportación establecidos sin sustento legal por el decreto 793/2018."
"V. Que, por tanto, corresponde reconocer el derecho de la firma actora a obtener el reintegro de los derechos de exportación abonados con relación al permiso de embarque n°18038EC03007750U (página 254). La devolución deberá ser efectuada en pesos, dado que la firma actora abonó los derechos de exportación en esa moneda ... A las sumas cuya restitución se reconoce deberá adicionarse los intereses a partir de la fecha de presentación del escrito por el cual se reclamó la repetición (artículo 811 del Código Aduanero) hasta su efectivo pago."
"VI. Que la impugnación formulada por la firma actora sobre la tasa de interés determinada por la resolución n°559/22 (ME) debe ser desestimada, con arreglo al criterio fijado por esta sala ... De acuerdo con el artículo 812 del Código Aduanero la tasa de interés que corresponde aplicar es la que está prevista en el artículo 4º de las resoluciones nºs 598/2019 (Ministerio de Hacienda), 559/2022 (Ministerio de Economía) y 3/2024 (Ministerio de Economía) —modificada por las resoluciones nºs 199/2025 y 823/2025 (Ministerio de Economía)—, según la vigencia temporal de esas normas ..."
- Disidencias: No consta voto en disidencia en la parte resolutiva; la decisión está suscripta por dos integrantes de la sala (se hallaba vacante el tercer cargo).
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