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ZANGHI, GUSTAVO ADOLFO c/ AGENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL ADUANERO s/ACCION MERAMENTE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD

Acción meramente declarativa de inconstitucionalidad contra normas que gravan con el Impuesto a las Ganancias haberes jubilatorios y petición de devolución de retenciones. La Cámara Federal de Córdoba confirmó la sentencia de primera instancia, impuso las costas a la demandada y reguló honorarios de la actora en 5 UMA por considerar aplicable el art. 68 CPCCN y los mínimos de la ley arancelaria.

Accion declarativa de inconstitucionalidad Impuesto a las ganancias Jubilaciones Devolucion de retenciones Costas Honorarios Uma Art. 68 cpccn Ley arancelaria Camara federal de cordoba.

Actor: Zanghi, Gustavo Adolfo. Demandado: Agencia de Recaudación y Control Aduanero. Objeto de la demanda: Acción meramente declarativa de inconstitucionalidad de normas que gravan con el Impuesto a las Ganancias la percepción de haberes jubilatorios del actor y reclamo de devolución de sumas retenidas.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la sentencia de fecha 02/06/25 dictada por el Juez Federal N° 1 de Córdoba; se impusieron las costas de la Alzada a la demandada y se regularon los honorarios de la representación jurídica de la parte actora en la cantidad de 5 UMA, sin regular honorarios para la parte demandada por ser profesional a sueldo de su mandante. Fundamentos principales de la decisión (textos extraídos del fallo):
- “Ello así ya que la solución a la que arriba el Sentenciante se enmarca en el principio objetivo de la derrota dispuesto por el art. 68, segunda parte del CPCCN; que establece: ‘Art. 68.
- La parte vencida en el juicio deberá pagar todos los gastos de la contraria, aun cuando ésta no lo hubiese solicitado. Sin embargo, el juez podrá eximir total o parcialmente de esta responsabilidad al litigante vencido, siempre que encontrare mérito para ello, expresándolo en su pronunciamiento, bajo pena de nulidad.’”
- “Conforme el resultado del pleito en primera instancia, la demanda se acoge en su totalidad. Por lo tanto, dado que la parte actora obtuvo un éxito completo en sus pretensiones, el juez consideró apropiado que la contraria asuma los costos, aplicando el artículo 68 del CPCCN.”
- “Atento las particularidades del caso en donde surge con claridad que el objeto de la presente acción fue obtener la declaración de inconstitucionalidad de las normas que gravan con el Impuesto a las Ganancias la percepción de haberes jubilatorios del actor, y la devolución de las sumas retenidas, considero no le asiste razón a la recurrente en su planteo, motivo por el cual no encuentro razón alguna para apartarme de mínimo legal antes señalado.”
- Cita normativa relevante incluida en el voto: “el artículo 48 de la Ley arancelaria vigente dispone: ‘Por la interposición de acciones de inconstitucionalidad, de amparo, de hábeas data, de hábeas corpus, en caso de que no puedan regularse de conformidad con la escala del artículo 21, se aplicarán las normas del artículo 16, con un mínimo de veinte (20) UMA’” (y análisis del art. 16 sobre pautas para regular honorarios). Disidencias: No se registran votos en disidencia; los tres jueces votaron en idéntico sentido.

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