SORIA, LEANDRO NAHUEL c/ TRANSPORTE D&L SRL s/DAÑOS Y PERJUICIOS
Dos demandas por daños y perjuicios por accidente de tránsito contra Transporte D&L SRL por impacto de una Sprinter contra una motocicleta. El juzgado hizo lugar a ambos reclamos y condenó a Transporte D&L SRL (y sujetó a la aseguradora) a pagar $8.500.000 a Leandro N. Soria y $163.317 a Braian G. Nieva, con intereses y costas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Leandro Nahuel Soria; Braian Gabriel Nieva.
Demandado: Transporte D&L S.R.L. (y citada en garantía Seguros Bernardino Rivadavia Cooperativa Limitada).
Objeto: Indemnización por daños y perjuicios por accidente de tránsito ocurrido el 6/10/2018, en que una camioneta Mercedes Benz Sprinter dominio MYH190 impactó la motocicleta dominio 546LFE, causándole lesiones a Soria y daños al rodado de Nieva.
Decisión: Se hizo lugar a ambas demandas y se condenó a Transporte D&L SRL a pagar $8.500.000 a favor de Leandro N. Soria y $163.317 a favor de Braian G. Nieva; las condenas deberán abonarse más intereses (según lo fijado en el considerando) en 10 días bajo apercibimiento de ejecución; costas a cargo de la demandada y su aseguradora sujeta al decisorio en términos del art.118 ley 17.418; se difiere regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"Por consiguiente, entiendo que, en el caso de autos no caben dudas que la prioridad de paso le correspondía al vehículo de la parte actora. En consecuencia, no habiendo los emplazados, acreditado alguna eximente de responsabilidad, en orden a lo dispuesto por los arts. 1716 / 1717, 1721, 1722, 1724 / 1727, 1737/1740, 1757, 1758, 1769 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación, deberán responder por los daños que se hubieren probado, y que guarden adecuado nexo causal con el hecho fuente."
"En el caso de autos, tengo en cuenta que el actor tenía al momento del hecho 29 años de edad, es de estado civil soltero, con dos hijos, se desempeña como cajero de en un restaurant y percibía en 2023 un sueldo de $90.000 (conforme surge de la pericia psicológica). En virtud de ello, las demás constancias de la causa, sobre la base de la facultad que me confiere el art. 165 del Código Procesal y en concordancia con las pautas del Código Civil y Comercial de la Nación, con los alcances señalados, fijo la indemnizacion por el concepto en análisis en la suma de pesos seis millones ($6.000.000), comprensiva de los tratamientos médicos recomendados. En cuanto al tratamiento psicológico, corresponde otorgarle la cantidad de pesos cuatrocientos mil ($400.000) atendiendo a la estimación efectuada por la perito."
"IV.
- La demandada formulada prosperará: a) Por la suma total de pesos ocho millones quinientos mil ($8.500.000) a favor de Leandro Nahuel Soria y b) Por la suma total de ciento sesenta y tres mil trescientos diecisiete ($163.317) a favor de Braian Gabriel Nieva.
- II. La condena deberá pagarse con más los intereses fijados en el considerando respectivo y en el plazo de diez (10) días, bajo apercibimiento de ejecución; III. Las costas se imponen tal como se ha resuelto precedentemente; IV. En ambos casos, Seguros Bernardino Rivadavia Cooperativa Limitada queda sujeta al decisorio en los términos del art. 118 de la ley 17.418."
- Disidencias: No constan votos en disidencia; la sentencia es de primera instancia dictada por la Jueza Subrogante.
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