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PEDRAZA, GERARDO VIRGILIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda contra ANSeS reclamando el haber recalculado y diferencias retroactivas. La Cámara Federal de Rosario confirmó parcialmente la sentencia, revocó la declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426, declaró de oficio la inconstitucionalidad del Decreto N° 807/2016 y del artículo 3 del DNU 157/2018, impuso las costas a la demandada y reguló honorarios al 30% de lo que se fije en primera instancia.

Reajustes Anses Inconstitucionalidad Decreto 807/2016 Ley 27.426 Dnu 157/2018 Costas Honorarios Prestacion basica universal Seguridad social


¿Quién es el actor?

PEDRAZA, Gerardo Virgilio.

¿A quién se demanda?

A.N.Se.S (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios; se reclamó el haber recalculado, diferencias retroactivas y demás prestaciones previsionales.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó parcialmente la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravios; revocó la regulación de honorarios y la declaración de inconstitucionalidad del artículo 2 de la ley 27.426; declaró de oficio la inconstitucionalidad del Decreto N° 807/2016 y del artículo 3 del DNU N° 157/2018; impuso las costas de esta instancia a la demandada sustancialmente vencida (art. 36 ley 27.423); y reguló los honorarios en alzada en el 30% de lo que se fije en primera instancia para los profesionales de la parte.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del fallo): "1°) La parte demandada se agravió de: la elección del índice dispuesto para la actualización de las remuneraciones; el tratamiento dado a la Prestación Básica Universal (PBU); la inaplicabilidad del art. 14 apartado 2 de la Resolución 06/09 de la Secretaría de Seguridad Social; la falta de aplicación del antecedente Villanustre de la CSJN; se quejó de la declaración de la inconstitucionalidad del artículo 2 de la ley 27.426; lo resuelto sobre el impuesto a las ganancias, alegó falta de competencia del juez a quo, de legitimación pasiva de su parte y de demostración de la vulnerabilidad económica de la parte actora; cuestionó que el a quo haya diferido el tratamiento de los topes para la etapa de ejecución; la forma en que fueron impuestas las costas atento que el resolutorio de la sentencia hizo lugar parcialmente a la demanda y la regulación de los honorarios en un porcentaje cuando no existe planilla de capital firme sobre la cual aplicar el porcentual. Reiteró la reserva del Caso Federal." "5°) En cuanto al agravio respecto a la declaración de inconstitucionalidad del artículo 2 de la ley 27426, se señala que pese al criterio sostenido por ambas salas de este Tribunal en autos 'OLLOCCO, Carlos Alberto , Acuerdo del 19/05/2020' y 'ROMANO, Rodolfo', Acuerdo del 21/05/2020, atento lo resuelto por la C.S.J.N. en los autos 'Fernández Pastor, Miguel Ángel c/ ANSeS s/ amparos y sumarísimos'. CSS 138932/2017/CS1 CSS 138932/2017/2/RH1, mediante fallo del 04 de diciembre de 2025, y en el entendimiento que debemos conformar nuestras decisiones a la jurisprudencia de nuestro máximo tribunal ... corresponde modificar la postura sostenida en los Acuerdos mencionados y revocar la sentencia apelada en cuanto declaró la inconstitucionalidad del artículo 2° de la 27.426." "6°) Los demás planteos efectuados por la ANSeS, guardan analogía con lo resuelto por esta Sala -integrada-, en la causa N° FRO 48934/2019/CA1 caratulada 'DI COSMO, José Mario c/ ANSeS s/ Reajustes Varios', del 07/02/2025, a cuyas consideraciones nos remitimos,... En dicho Acuerdo, se rechazaron los agravios de la demandada en cuanto a: la arbitrariedad de la sentencia; al índice para actualizar remuneraciones -declarando de oficio la inconstitucionalidad del Decreto nro. 807/16-; el cuestionamiento a la aplicación de los fallos de la CSJN 'Makler' ... y 'Quiroga' ... A su vez, se revocó la regulación de honorarios, y para las costas de esta alzada se declaró de oficio la inconstitucionalidad del Decreto Nro. 157/18 ... y en consecuencia se impusieron a la demandada vencida (art. 36 ley 27426)."
- Votos: Los Dres. Elida I. Vidal y Silvina M. Andalaf Casiello integraron el voto principal; el Dr. Aníbal Pineda adhirió al voto de las vocales preopinantes; no constan disidencias firmes en el acuerdo final.

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