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CABRERA, SIMON c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Recurso de apelación contra sentencia de recalculo de haber previsional y diferencias. La Cámara Federal de Rosario confirmó parcialmente la sentencia, declaró de oficio la inconstitucionalidad del Decreto N° 807/2016 y del artículo 3 del DNU N° 157/2018, revocó la declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 e impuso costas a la demandada.

Anses Reajuste de haberes Movilidad previsional Decreto 807/2016 Dnu 157/2018 Ley 27.426 Inconstitucionalidad Costas Honorarios Camara federal de rosario


¿Quién es el actor?

CABRERA, Simón.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios y pago del haber recalculado y diferencias retroactivas (reajuste de haber previsional).

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Rosario
- Sala B
- confirmó parcialmente la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravios, declaró de oficio la inconstitucionalidad del Decreto N° 807/2016 y del artículo 3 del DNU N° 157/2018, revocó la declaración de inconstitucionalidad del artículo 2 de la ley 27.426, reguló honorarios de alzada en el 30% de lo que se fije en primera instancia e impuso las costas de esta instancia a la demandada.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "3°) En cuanto a los agravios relativos a los planteos formulados en relación a la ley 27.541, los decretos del PEN y la movilidad de la normativa suspendida, nos remitimos en lo pertinente por razones de brevedad y economía procesal, a los argumentos expuestos en los autos caratulados “MULLER, ALEJANDRO REINALDO c/ A.N.Se.S s/ REAJUSTE DE HABERES”, expte N° FRO 22049/2022/CA1, de esta Sala “B” integrada
- Acuerdo del 27/05/2025 y “GOTTIG, José María c/ ANSeS s/ REAJUSTES VARIOS”, expte. N° FRO 32870/2022/CA1, Acuerdo del 5/09/2025,... debiendo admitirse el agravio y movilizar el haber previsional conforme las pautas allí establecidas." "6°) En cuanto al agravio respecto a la declaración de inconstitucionalidad del artículo 2 de la ley 27426, se señala que pese al criterio sostenido por ambas salas de este Tribunal... atento lo resuelto por la C.S.J.N. en los autos 'Fernández Pastor, Miguel Ángel c/ ANSeS'... corresponde modificar la postura sostenida en los Acuerdos mencionados y revocar la sentencia apelada en cuanto declaró la inconstitucionalidad del artículo 2° de la 27.426." "II) Declarar de oficio la inconstitucionalidad del Decreto N° 807/2016 y del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018 e imponer las costas de esta instancia a la demandada..."
- Disidencia relevante: El Dr. Aníbal Pineda manifestó su disidencia en cuanto al tratamiento de la movilidad, remitiéndose a lo resuelto en autos "MORAS, Camilo Ángel c/ ANSeS..." y exponiendo fundamentos propios; sin embargo, su voto quedó en minoría y la decisión de la Cámara es la transcripta anteriormente.

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