BAÑOS NOELIA SOLEDAD c/ EN-M§ JUSTICIA-PFA Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La actora reclamó indemnización por daños derivados del incendio en República de Cromañón. La Cámara confirmó la responsabilidad del Estado Nacional y del GCBA, confirmó la admisión de daño moral y daño psicológico, fijó sus cuantías en $640.000 y $157.500 respectivamente, y reconoció además el ítem tratamiento psicológico por $780.000 con las fechas de inicio de intereses señaladas.
¿Quién es el actor?
Noelia Soledad Baños.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional (Ministerio de Justicia, PFA) y Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; además terceros citados (entre ellos ex subcomisario Carlos Rubén Díaz y organizadores).
- Objeto de la demanda: Indemnización por daños y perjuicios derivados del incendio ocurrido el 30 de diciembre de 2004 en el local “República de Cromañón” (reconocimiento de ítems: daño psicológico, daño moral, tratamiento psicológico, intereses y costas).
¿Qué se resolvió?
La Cámara desestimó los agravios del Estado Nacional respecto de la atribución de responsabilidad patrimonial y confirmó la sentencia apelada en ese punto; confirmó la procedencia de los ítems “daño psicológico” y “daño moral” pero admitió críticas sobre sus montos y fijó las cuantías en $157.500 (daño psicológico) y $640.000 (daño moral); hizo lugar al agravio de la actora y reconoció el ítem “tratamiento psicológico” por $780.000; precisó las fechas de inicio del cómputo de intereses para los distintos ítems y distribuyó las costas de esta instancia en el orden causado.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
"Tal como afirmó esta sala en diversos pronunciamientos, existió una irregular prestación del servicio comprometido por la Policía Federal Argentina, y la condena en sede penal al subcomisario Díaz constituyó uno de los elementos que permite concluir en que sus funciones, que tenía que cumplir por mandato normativo, fueron desatendidas, dando lugar a la comprobación de la irregular prestación del servicio de seguridad (causa 'Villalba Silvio Adrián c/ EN M° Justicia y otros s/ daños y perjuicios', pronunciamiento del 5 de junio de 2025). Por ello, esas críticas deben ser desestimadas."
"Con esas pautas, para atender adecuadamente las objeciones atinentes a la admisión de este ítem, debe ponderarse que no está controvertido que Noelia Soledad Baños concurrió al local 'República de Cromañón' y que es indudable que los trágicos hechos, reflejados en las vivencias explicadas en la demanda, tuvieron la aptitud de generar daños de índole espiritual con la entidad suficiente para ser resarcidos."
"Con ese enfoque, dadas las circunstancias de este caso, teniendo en cuenta la aflicción espiritual padecida por Noelia Soledad Baños, corresponde fijar la cuantía de este ítem en la suma de $640.000 (esta sala, causa 'Letcher Pablo Germán c/ EN Mª Justicia PFA y otros s/ daños y perjuicios', pronunciamiento del 15 de mayo de 2025)."
"Del peritaje elaborado por el Cuerpo Médico Forense surgen diversas conclusiones: — 'Presenta una reacción vivencial anormal neurótica con manifestación depresiva en grado I-II – 5% de incapacidad psíquica'. — 'Se sugiere la realización de un tratamiento psicoterapéutico mínimo de 6 meses, con frecuencia semanal'... Con el peritaje está acreditado el impacto negativo que imprimió la tragedia de 'República de Cromañón' en el aparato psíquico de la actora y el 'daño psicológico' derivado de esa circunstancia."
"La importancia y la necesidad de que la actora realice un tratamiento psicológico tendiente a evitar el agravamiento de las consecuencias dañosas surge de una manera categórica del peritaje elaborado por el Cuerpo Médico Forense... Debe, pues, reconocerse el ítem 'tratamiento psicológico'."
En cuanto a disidencias: no se registra voto en disidencia en la parte resolutiva; la sentencia fue acordada por mayoría y suscripta por dos integrantes de la sala.
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