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ALIAGA, HORACIO JAVIER Y OTROS c/ EN - M SEGURIDAD - GN s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Reclamo de personal de Gendarmería por diferencias en la compensación por cambio de destino por no haberse incluido suplementos remunerativos. La Cámara confirmó la sentencia de grado y ordenó la reliquidación incorporando los suplementos del Decreto 1305/12 (cuando correspondan), excepto respecto de pagos posteriores al 1/10/2020 por la derogación parcial por Decreto 780/2020.

Gendarmeria nacional Compensacion por cambio de destino Decreto 1305/12 Remunerativo y bonificable Reliquidacion Prescripcion decenal Decreto 780/2020 Costas en el orden causado Fallo sosa (csjn) Interes por mora


¿Quién es el actor?

Horacio Javier Aliaga, Ramón Daniel Acosta, Julio Cesar Ruíz, Víctor Hugo Díaz y Luis Antonio Da Luz (y otros demandantes agrupados).

¿A quién se demanda?

Estado Nacional – Ministerio de Seguridad – Gendarmería Nacional Argentina.
- Objeto de la demanda: que se reconozca el derecho a percibir las diferencias resultantes de practicar una nueva liquidación de las compensaciones por cambio de destino ya percibidas, tomando como base el haber del grado equivalente (Teniente General/Comandante General) incluyendo incrementos y suplementos dispuestos por los Decretos 1104/05, 1095/06, 871/07, 1053/08, 751/09, 1305/12 y su normativa modificatoria; y que se abonen los retroactivos del período no prescripto (diez años) con más intereses y costas.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por el Estado Nacional y, en consecuencia, se confirmó la sentencia de grado en cuanto fue materia de agravio. Se ordenó que se abonen las diferencias que resulten de la reliquidación de las compensaciones por cambio de destino por los períodos no prescriptos, incorporando al haber las asignaciones de carácter remunerativo y bonificable creadas por el Decreto 1305/12 cuando corresponda, con intereses conforme normativa aplicable; las sumas percibidas con posterioridad al 1/10/2020 no podrán incluir ese decreto en la reliquidación debido a la derogación parcial por el Decreto 780/2020. Se distribuyeron las costas de Alzada en el orden causado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): 1) "En esa oportunidad, haciendo suyo el dictamen de la Sra. Procuradora Fiscal, el Máximo Tribunal en definitiva confirmó la sentencia apelada, que había reconocido el carácter 'remunerativo' y 'bonificable' de los suplementos creados por el decreto n° 1305/12 y agregó, entre otras cuestiones, que aquellos '...no reúnen en la práctica ninguna de las características mencionadas en el art. 57 de la ley 19.101 para ser considerados suplementos particulares, sino que comportan lisa y llanamente un aumento en la remuneración de la generalidad del personal militar en actividad. En tales condiciones, procede calificar ese aumento como remunerativo y computarlo en la base para el cálculo de todos aquellos suplementos que, conforme a la reglamentación, se determinen como un porcentaje del "haber mensual", pues este concepto, al identificarse con el "sueldo", esto es, con la asignación mensual que corresponde a cada grado de la jerarquía militar (conf. arts. 2401 y 2403 del decreto 1081/1973), engloba a todas las sumas que comporten un aumento generalizado de remuneraciones'." 2) "Por lo demás, en relación a lo argumentado por la demandada en relación a que el decreto 1305/12 no resultaba aplicable a la Gendarmería Nacional, cabe precisar que, si bien no se soslaya que los suplementos directamente vinculados con la Gendarmería Nacional son aquellos que fueran creados por Decreto 1307/12 ... el análisis se circunscribe al estudio de la inclusión indirecta de las asignaciones creadas por el Decreto 1305/12 al 'haber base' en abstracto del grado de 'Teniente General' ... En tales condiciones, se desestiman, sin más los agravios formulados por el Estado Nacional sobre el punto." 3) "Dada la vigencia del Decreto 780/2020 (B.O. del 1º/10/20), por cuyo art. 2º fue derogado, con efectos a partir del 1º de octubre de 2020, el Decreto 1305/12 en lo referente a los suplementos por Responsabilidad Jerárquica y por Administración del Material, las sumas ya percibidas en concepto de 'compensación por cambio de destino' con posterioridad a dicha fecha no podrán incluir el decreto bajo análisis en la reliquidación reclamada."
- Votos: Los tres jueces (Dr. José Luis Lopez Castiñeira; Dra. María Claudia Caputi; Dr. Luis M. Márquez) adhirieron y el acuerdo fue unánime; no se registran disidencias.

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