RUIZ, VICTORIO c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD
El actor demandó a ANSeS solicitando el recalculo del haber y diferencias retroactivas por reajustes por movilidad. La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda, ordenó el pago del haber recalculado y retroactivos, declaró la invalidez del artículo 3 del DNU 157/2018 y condenó en costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
RUIZ, Victorio C.
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes por movilidad; orden de pago del haber recalculado y diferencias retroactivas; impugnación del artículo 3 del DNU 157/2018 y demás consecuencias derivadas del cómputo y actualización de haberes.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravios, impuso las costas de la instancia a la demandada vencida (art. 36 ley 27.423) y reguló los honorarios de los profesionales actuantes en este Alzada en el 30% de lo que se fije en primera instancia.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes del fallo):
"1°) La parte demandada se agravió de: el tratamiento dado a la PBU; los planteos sobre el impuesto a las ganancias y la forma en que fueron impuestas las costas atento que el resolutorio de la sentencia hizo lugar parcialmente a la demanda. Reiteró la reserva del Caso Federal.
2°) Ingresando al estudio de la queja de la accionada sobre los planteos vinculados a la Prestación Básica Universal, nos remitimos en lo pertinente, pudiéndose ingresar para su lectura a https://www.csjn.gov.ar/tribunales-federales-nacionales/sentencias.html o a disposición de las partes en Secretaría, a los argumentos volcados en los autos caratulados “ROMITI, Osvaldo”, expte N° FRO 27367/2022/CA1, Acuerdo del 21/03/2025 de esta Sala “B” -integrada
- donde se confirmó el diferimiento del análisis de confiscatoriedad de dicho componente, teniendo en cuenta las pautas establecidas en el fallo “Quiroga” de la CSJN, se fijó el índice y método aplicable, en su caso. En consecuencia, se rechaza el agravio.
3°) Los demás planteos efectuados por la ANSeS, guardan analogía con lo resuelto por esta Sala -integrada
- en la causa N° FRO 11992/2023/CA2 caratulada “RIBA, Jorge Alberto c/ ANSeS s/ Reajustes Varios”, del 18/03/2025, a cuyas consideraciones nos remitimos, en lo pertinente, por razón de brevedad... En dicho Acuerdo, se rechazaron los agravios de la demandada en cuanto a: el índice para actualizar remuneraciones -declarando de oficio la inconstitucionalidad de la Resolución Nro. 56/18 y la de la SSS 1/18-; el cuestionamiento a la aplicación de los fallos de la CSJN “Makler” para el cómputo de los servicios autónomos y “Quiroga” para el tratamiento dado a la PBU; los topes legales; el planteo de constitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426, la imposición de costas, manteniéndose la declaración de oficio de la inconstitucionalidad del artículo 3 del Decreto de Necesidad y Urgencia Nro. 157/18 conforme fallo “Morales” de la CSJN, intereses y la aplicabilidad del impuesto a las ganancias."
No hubo voto en disidencia consignado en el acuerdo; la decisión que obra en la parte resolutiva es la adoptada por la mayoría.
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