OZAN, JUAN c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamó el actor el recalculo de haberes previsionales y el pago de diferencias retroactivas contra ANSeS. La Cámara Federal de Rosario confirmó parcialmente la sentencia apelada, revocó la declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 y declaró de oficio la inconstitucionalidad de las Resoluciones ANSeS 56/2018, Secretaria de Seguridad Social 1/2018 y del art. 3 del DNU 157/2018, imponiendo las costas de esta instancia a la demandada.
¿Quién es el actor?
OZAN, JUAN.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reajuste de haberes previsionales (cálculo del haber, pago del haber recalculado y diferencias retroactivas).
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó parcialmente la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravios; revocó la declaración de inconstitucionalidad del artículo 2 de la ley 27.426; declaró de oficio la inconstitucionalidad de las Resoluciones ANSeS N° 56/2018 y de la Secretaría de Seguridad Social N° 1/2018 y del artículo 3 del DNU N° 157/2018; e impuso las costas de esta instancia a la demandada sustancialmente vencida conforme al art. 36 de la ley 27.423.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
"2º) Ingresando al estudio de la queja de la accionada en la cual solicita que se remplace el ISBIC por el RIPTE, en consonancia con lo dispuesto en la ley 27.260, el decreto 807/2016 y Resolución ANSeS 56/2018, los planteos efectuados, guardan analogía con lo resuelto por esta Sala, en los autos FRO 17753/2016 caratulado 'GEREZ, Jorge Omar c/ ANSeS s/ Reajuste de Haberes', resueltos mediante Acuerdo del 27 de noviembre de 2018... En consecuencia, corresponde declarar de oficio la inconstitucionalidad de las resoluciones de ANSeS N° 56/2018 y de la Secretaria de Seguridad Social N° 1/2018."
"4°) Con relación al agravio respecto a la declaración de inconstitucionalidad del artículo 2 de la ley 27426, se señala que pese al criterio sostenido por ambas salas de este Tribunal en autos 'OLLOCCO, Carlos Alberto... ' y 'ROMANO, Rodolfo'... atento lo resuelto por la C.S.J.N. en los autos 'Fernández Pastor, Miguel Ángel c/ ANSeS...' mediante fallo del 04 de diciembre de 2025... corresponde modificar la postura sostenida en los Acuerdos mencionados y revocar la sentencia apelada en cuanto declaró la inconstitucionalidad del artículo 2° de la 27.426."
"7°) Sobre las costas de esta instancia, atento lo resuelto por la C.S.J.N. en los autos 'MORALES, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ Impugnación acto administrativo'... corresponde declarar de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018 e imponer las costas de esta instancia a la demandada sustancialmente vencida conforme lo establecido por el artículo 36 de la ley 27.423..."
- Disidencias: No consta voto en disidencia en el acuerdo publicado; la decisión consignada en la parte resolutiva es la del tribunal.
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