SEVERINI, LUIS DOMINGO c/ ANSES s/EJECUCIÓN PREVISIONAL
Ejecución previsional por reajustes reclamados contra ANSeS y controversia sobre impuesto a las ganancias; la Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia de primera instancia, declarando inaplicable el impuesto sobre los retroactivos y ratificando la regulación de honorarios y la imposición de costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
SEVERINI, LUIS DOMINGO.
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Ejecución previsional por reajustes retroactivos reconocidos en sentencia; controversia sobre la aplicabilidad del impuesto a las ganancias a los retroactivos (capital e intereses); regulación de honorarios y costas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravios, confirmó la regulación de honorarios de la representación de la actora y del perito contable, e impuso las costas de esta instancia a la demandada vencida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"2°) En cuanto la queja que versa sobre el impuesto a las ganancias en lo que se refiere al retroactivo de capital e intereses, debe confirmarse lo dispuesto en la sentencia apelada en cuanto a declararse su inaplicabilidad, atento la extensión del criterio exonerativo de la carga tributaria, dispuesta por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en las causas “García, Marta Susana c/ ANSeS s/ Reajustes Varios” y “Dattorre, Manuel Víctor s/ ANSeS s/ Reajustes Varios”, del 10 de septiembre 2020 y “Villamayor, Homero Jorge c/ ANSeS s/ Reajustes Varios”, del 17 de septiembre 2020..."
"5°) En relación a los honorarios regulados a la representación de la parte actora, que actuó en doble carácter, tratándose en autos de la ejecución de una sentencia previsional que es susceptible de apreciación pecuniaria (art. 16 inc. a), se tiene en cuenta la planilla, practicada y aprobada, en los términos de los arts. 22 y 24 de la ley. Conforme a ello, considerando la reducción de la escala del art. 21 (art. 41), las etapas cumplidas (art. 29 inc. f), así como las labores profesionales concretamente llevadas a cabo por la representación de la parte actora, se advierte que lo regulado se encuentra entre los porcentajes previstos en la escala arancelaria y es adecuado, correspondiendo por tanto, su confirmación."
- Disidencia: No se registran votos en disidencia en la parte resolutiva; ambos vocales integraron y resolvieron en el mismo sentido.
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