MUNARD, CARLOS PEDRO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió demanda contra ANSeS por reajustes y pago del haber recalculado y diferencias retroactivas. La Cámara Federal de Rosario confirmó parcialmente la sentencia, declaró de oficio la inconstitucionalidad del Decreto N° 807/2016 y del art. 3 del DNU N° 157/2018, impuso las costas a la demandada vencida y revocó la declaración de inconstitucionalidad del artículo 24 inc. a) de la ley 24.241.
¿Quién es el actor?
Munard, Carlos Pedro.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reajustes, pago del haber recalculado y diferencias retroactivas (reajustes varios).
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Rosario confirmó parcialmente la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravios, declaró de oficio la inconstitucionalidad del Decreto N° 807/2016 y del artículo 3 del DNU N° 157/2018, impuso las costas de esta instancia a la demandada sustancialmente vencida (art. 36 ley 27.423) y revocó la declaración de inconstitucionalidad del artículo 24 inciso a) de la ley 24.241; ordenó la devolución de autos al juzgado de origen.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
"3°) En lo relativo al agravio sobre la declaración de inconstitucionalidad del artículo 24 inc. a) de la ley 24.241, cabe señalar que, del detalle del beneficio acompañado, se observa que el actor no supera el máximo de 35 años de aportes antes de julio de 1994 que establece la norma para el cálculo de la P.C, por lo tanto, corresponde revocar lo resuelto por la jueza a quo en este punto."
"4°) Los demás planteos efectuados por la ANSeS, guardan analogía con lo resuelto por esta Sala -integrada-, en la causa N° FRO 48934/2019/CA1 caratulada “DI COSMO, José Mario c/ ANSeS s/ Reajustes Varios”, del 07/02/2025, a cuyas consideraciones me remito, en lo pertinente, por razón de brevedad, pudiéndose ingresar para su lectura a www.cij.gov.ar/sentencias, o a disposición de las partes en Secretaría."
"En dicho Acuerdo, se rechazaron los agravios de la demandada en cuanto a: la arbitrariedad de la sentencia; al índice para actualizar remuneraciones -declarando de oficio la inconstitucionalidad del Decreto nro. 807/16-; el cuestionamiento a la aplicación de los fallos de la CSJN “Makler” -para el cómputo de los servicios autónomos
- y “Quiroga” -en relación al tratamiento de la PBU-; los planteos en relación al impuesto a las ganancias y la forma en que fueron impuestas las costas. A su vez, se revocó la regulación de honorarios, y para las costas de esta alzada se declaró de oficio la inconstitucionalidad del Decreto Nro. 157/18 por aplicación del fallo “Morales” de la CSJN y en consecuencia se impusieron a la demandada vencida (art. 36 ley 27426)."
- Votos en disidencia: No consta voto en disidencia en la parte resolutiva final; la decisión consignada en la parte dispositiva es la que integra el acuerdo.
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