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MARTINEZ, JORGE LUIS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamó el actor reajustes previsionales contra ANSeS por pago de haberes recalculados y diferencias retroactivas. La Cámara Federal de Rosario confirmó parcialmente la sentencia apelada, declaró inconstitucional el art. 3 del DNU 157/2018, revocó la regulación de honorarios y fijó en alzada los honorarios en el 30% de lo que se determine en primera instancia.

Recurso de apelacion Seguridad social Anses Reajustes Prestacion basica universal Dnu 157/2018 Inconstitucionalidad Honorarios Costas Topes previsionales

Actor: MARTÍNEZ, JOSÉ LUIS (parte actora). Demandado: A.N.Se.S (ANSeS). Objeto de la demanda: Reajustes varios; orden de pago de haber recalculado y diferencias retroactivas; tratamiento de la Prestación Básica Universal (PBU); aplicación de topes, impuesto a las ganancias, costas y regulación de honorarios.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó parcialmente la sentencia apelada en tanto fue materia de agravios; declaró de oficio la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU nro. 157/2018; impuso las costas de esta instancia a la demandada sustancialmente vencida; revocó la regulación de honorarios y reguló los honorarios de los profesionales de la Alzada en el 30% de lo que se fije en primera instancia. Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
- "La parte demandada se agravió de: el tratamiento dado a la PBU; cuestionó que el a quo haya diferido el tratamiento de los topes para la etapa de ejecución; lo resuelto sobre el impuesto a las ganancias, alegó la falta de competencia del juez a quo, de legitimación pasiva de su parte y de falta de demostración de la vulnerabilidad económica de la parte actora; la regulación de los honorarios en un porcentaje cuando no existe planilla de capital firme sobre la cual aplicar el porcentual y la forma en que fueron impuestas las costas atento que el resolutorio de la sentencia hizo lugar parcialmente a la demanda."
- "En relación a los planteos vinculados a la Prestación Básica Universal, nos remitimos en lo pertinente... donde se confirmó el diferimiento del análisis de confiscatoriedad de dicho componente, teniendo en cuenta las pautas establecidas en el fallo 'Quiroga' de la CSJN, se fijó el índice y método aplicable, en su caso. En consecuencia, se rechaza el agravio."
- "En relación al agravio vinculado a los topes legales del haber máximo, porque la jueza a quo difirió su tratamiento para la etapa de ejecución, éste habrá de ser desestimado, pues hasta tanto no se practique la liquidación correspondiente... no existe evidencia alguna de la merma de ese haber previsional, que, por su magnitud sea confiscatoria, de conformidad con las pautas señaladas por la CSJN."
- Respecto a precedentes y remisión por analogía: "Los demás planteos efectuados por la ANSeS, guardan analogía con lo resuelto por esta Sala -integrada-, en la causa N° FRO 48934/2019/CA1 caratulada 'DI COSMO, José Mario c/ ANSeS s/ Reajustes Varios', del 07/02/2025, a cuyas consideraciones me remito, en lo pertinente..." Disidencias: No aparecen votos en disidencia consignados en la parte resolutiva; la decisión consignada corresponde al acuerdo de la Sala.

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