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ORTEGA, SUSANA BEATRIZ c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES

La actora promovió acción por reajuste de haberes contra ANSeS para obtener el haber recalculado y diferencias retroactivas. La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia de grado, mantuvo la declaración de inconstitucionalidad del artículo 3 del DNU 157/2018 e impuso las costas de alzada a la demandada.

Reajuste de haberes Anses Prestacion basica universal Pbu Dnu 157/2018 Inconstitucionalidad Makler Costas Intereses moratorios Honorarios


¿Quién es el actor?

ORTEGA, SUSANA BEATRIZ.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajuste de haberes previsionales; orden de pago del haber recalculado y diferencias retroactivas; controvertida aplicación de la Prestación Básica Universal (PBU), cómputo de servicios autónomos, actualización de aportes por moratoria e intereses moratorios; declaración de inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravios, mantuvo la declaración de inconstitucionalidad del artículo 3 del DNU N° 157/2018, impuso las costas de esta instancia a la demandada vencida conforme al art. 36 de la ley 27.423 y reguló los honorarios de alzada en el 30% de lo que se fije en primera instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "2°) Ingresando al estudio de la queja de la accionada sobre el planteo formulado acerca del tratamiento otorgado a la P.B.U., corresponde señalar que lo dispuesto por el a quo es coincidente con el criterio vertido por este Tribunal, cuyos precedentes citó. Además, de las constancias del expediente surge que el análisis de la confiscatoriedad por la falta de actualización de la PBU es superior al 15% -de conformidad con las pautas establecidas en los precedentes mencionados en la sentencia
- por lo que corresponde rechazar el planteo de la demandada y confirmar el reajuste de dicho componente." "3°) En lo relativo al agravio sobre la improcedencia de la aplicación al sub examine del precedente de la C.S.J.N. in re “MAKLER, Simón c/ ANSeS s/ Inconstitucionalidad ley 24.463”, del 25 de mayo de 2003, sosteniendo que fue previsto para resolver un beneficio acordado bajo la ley 18.038 y no bajo la ley 24.241, corresponde su rechazo toda vez que dicha doctrina es concordante con el mecanismo descripto en el art. 24 inc. b) de la ley 24.241 – aplicable al caso-, el que en su parte final dispone que “…se computará todo el tiempo con aportes computados en cada una de las categorías…”. Por lo que, teniendo en cuenta la normativa que resulta aplicable atento a la fecha de adquisición del beneficio, deben considerarse la totalidad de los años aportados." "6°) En relación al agravio sobre las costas, este habrá de rechazarse por cuanto el juez a quo aplicó el fallo 'Morales' de la CSJN y siendo que se hizo lugar sustancialmente a la demanda cursada por la actora no existe razón alguna para apartarse del criterio general de la derrota, por lo que cabe confirmar la imposición hecha."
- Disidencias relevantes: No se registran votos en disidencia en la parte resolutiva; la decisión consta como acuerdo de la Sala.

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