CUELLO, SEBASTIAN ALEJANDRO Y OTROS c/ EN - M SEGURIDAD - PSA - DTO 836/08 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Los actores reclamaron la incorporación al haber mensual de las compensaciones previstas por el Decreto Nº 836/08. La Cámara rechazó la apelación del Estado, confirmó la sentencia de primera instancia en cuanto al fondo y hizo lugar parcialmente al recurso de la actora conforme a los considerandos X y XI (intereses y capitalización), imponiendo costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
CUELLO, SEBASTIÁN ALEJANDRO y otros (parte actora).
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Ministerio de Seguridad
- Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA).
- Objeto de la demanda: Se reclamó la incorporación al concepto "haber mensual", como remunerativos y bonificables, de las compensaciones previstas por el Decreto Nº 836/08 ("por vivienda", "vestimenta", "racionamiento" y "zona") y sus modificatorios, con cálculo de intereses hasta el efectivo pago; además, se solicitó capitalización de intereses en los términos del artículo 770 del Código Civil y Comercial.
¿Qué se resolvió?
La Cámara rechazó el recurso de apelación de la parte demandada y confirmó la sentencia apelada en cuanto ha sido materia de agravios; hizo lugar parcialmente al recurso de la parte actora conforme a lo expuesto en los considerandos X y XI del voto (respecto de la tasa aplicable y la capitalización), e impuso las costas de la Alzada a la demandada vencida. (v. parte resolutiva)
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"V.
- Que en atención a que las circunstancias de esta causa son sustancialmente análogas a las resueltas por esta Sala en los Expedientes nros. 15657/20 'Oliva Hidalgo, Valeska Micaela y otros c/ EN
- Mº de Seguridad – PSA s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg', sentencia del 2/11/22; ... En virtud de ello, cabe remitirse a los argumentos de las causas allí expuestos por razones de brevedad. Por lo expuesto, corresponde rechazar los agravios del Estado Nacional y confirmar la sentencia apelada en cuanto a la cuestión de fondo en estudio."
"VI.
- Que, con el fin de evitar confusiones al tiempo de practicar la liquidación de las sumas debidas, deberán considerarse como remunerativos y/o bonificables solo aquellas compensaciones y/o suplementos y/o incrementos salariales correspondientes al decreto 836/08, y modificatorios, peticionados en la demanda, que figuren efectivamente en los recibos de haberes de los actores y agregados a la causa. Es en dichos términos que cabe hacer lugar a la presente acción."
"X.
- Que respecto al agravio del accionante relativo a la tasa de interés aplicable cabe indicar que ... en virtud de lo dispuesto en el artículo 10 del decreto nº 941/91 resulta razonable aplicar la tasa pasiva que mensualmente publica el BCRA, es decir, la tasa establecida en la Comunicación 14.290, habitualmente aplicada en esta materia ... En tales condiciones, se rechaza el recurso del accionante en este punto."
"XI.-Que se agravia el accionante en cuanto entiende que el Sr. Juez de primera instancia omitió pronunciarse sobre la capitalización de intereses solicitada en los términos del artículo 770 del Código Civil y Comercial de la Nación. Al respecto, cabe hacer lugar al presente agravio, en base a los fundamentos expuestos en el voto del Dr. Guillermo F. Treacy ..."
- Votos y mayorías: El voto proponente fue del Dr. Pablo Gallegos Fedriani, con adhesión del Dr. Guillermo F. Treacy; no consta disidencia. La decisión resulta del acuerdo conforme a la parte resolutiva.
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