ARCA c/ TREMENDO SHOW S.A.S s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)
ARCA (AFIP) promovió ejecución fiscal contra TREMENDO SHOW S.A.S por $3.161.027,94. El Juzgado Federal declaró expedita la ejecución y habilitó a la AFIP para proceder al cobro, imponiendo costas a la demandada y ordenando medidas ejecutivas complementarias (embargo bancario, inhibición de bienes y liquidación administrativa).
¿Quién es el actor?
ARCA (Ex A.F.I.P.), Administración Federal de Ingresos Públicos, como ejecutante fiscal.
¿A quién se demanda?
TREMENDO SHOW S.A.S.
- Objeto de la demanda: Ejecución fiscal por la suma de $3.161.027,94 conforme a la boleta de deuda agregada en autos.
¿Qué se resolvió?
Se declaró expedita la ejecución de la deuda contra TREMENDO SHOW S.A.S, habilitándose a la AFIP para llevar adelante la ejecución hasta obtener el íntegro pago del capital de $3.161.027,94 más intereses legales; se impusieron las costas a la demandada; se dispusieron medidas complementarias (embargo bancario, posible inhibición general de bienes ante el Registro de la Propiedad Automotor y Registro General de la Provincia) y se ordenó la liquidación administrativa de la deuda con posibilidad de impugnación en cinco días.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
"Las presentes actuaciones caratuladas 'ARCA c/ TREMENDO SHOW S.A.S s/EJECUCION FISCAL
- ARCA (Ex A.F.I.P.)', Expediente Nº18019/2024, venidas a despacho para resolver la ejecución fiscal promovida por ARCA en contra de TREMENDO SHOW S.A.S por la suma de $3161027.94 correspondiente a los conceptos que surgen de la boleta de deuda agregada en autos."
"I) Que la demandada fue debidamente intimada de pago tal como surge del mandamiento obrante en autos, no habiendo opuesto excepciones dentro del plazo legal (art. 92 de la Ley Nº 11.683, y sus modificaciones). Que de conformidad a lo previsto en el último párrafo del artículo citado, corresponde mandar a llevar adelante la ejecución en contra del demandado."
"II) Asimismo, para el caso de resultar negativo o insuficiente el embargo bancario ordenado, hágase lugar al pedido de inhibición general de bienes solicitado por la actora, bajo su exclusiva responsabilidad... Dicha medida será levantada una vez y en la medida en que se haya satisfecho la pretensión fiscal..."
(No se registran votos en disidencia; la parte resolutiva final expresa la decisión del Tribunal.)
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: