Logo

RIVAS, AXEL JOEL c/ CRISCI, ARIEL ALBERTO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

Accidente de tránsito con reclamo por daños y perjuicios; la Cámara elevó las indemnizaciones por incapacidad sobreviniente, daño moral y gastos médicos y dispuso intereses con una tasa pura del 8% desde la fecha del hecho hasta la sentencia de primera instancia.

Accidente de transito Incapacidad sobreviniente Dano moral Gastos medicos Intereses Tasa pura 8% Aseguradora citada en garantia Pericia medica Apelacion Costas y honorarios


¿Quién es el actor?

Axel Joel Rivas.

¿A quién se demanda?

Ariel Alberto Crisci (y la aseguradora Liderar Compañía General de Seguros S.A. citada en garantía).
- Objeto de la demanda: indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 6/7/2020 (politraumatismo, fracturas en pie derecho y lesión en mano derecha), reclamando incapacidad sobreviniente, daño moral, gastos y tasas de interés.

¿Qué se resolvió?

la Cámara, por unanimidad, elevó las sumas fijadas en primera instancia: incapacidad física a $6.000.000; daño moral a $3.000.000; gastos médicos, farmacia y traslados a $50.000; dispuso que las sumas devenguen interés puro del 8% anual desde la fecha del hecho hasta la sentencia de primera instancia y, desde entonces, la tasa activa hasta el pago. Se impusieron costas de la alzada en el orden causado y se adecuaron honorarios conforme lo consignado en la resolución.
- Fundamentos principales (transcripciones relevantes):
- Sobre aceptación del peritaje y valoración: “considero que se debe aceptar a la luz de los arts. 386 y 477 CPCCN. Máxime teniendo en cuenta que no ha sido impugnado.”
- Sobre la necesidad de flexibilizar los porcentajes periciales: “los porcentuales de incapacidad que se determina en el dictamen pericial no constituye un dato rígido ... dichas incapacidad debe ser meditada por el juzgador en función de pautas razonablemente generales, siempre con un criterio flexible, para que el resarcimiento pueda ser la traducción lo más real posible del valor verdadero y concreto del deterioro sufrido.”
- Propuesta de elevación de rubros (voto que integra la decisión): “propongo al Acuerdo ... que se eleve a $ 6.000.000 … $ 3.000.000 … $ 50.000.”
- Sobre intereses y aplicación del precedente de la CSJN: “la Corte indicó que ‘la tasa de interés debe ser pura, es decir, no debe contemplar otros parámetros de actualización para no conceder un enriquecimiento injustificado al acreedor’ ... habré de receptar en el caso en particular la tesitura adoptada en el caso ‘Barrientos’ ...” y la conclusión aplicativa: “las sumas fijadas se actualicen aplicando una tasa interés pura del 8% anual, desde el día del hecho, hasta la fecha del pronunciamiento de primera instancia, y a partir de ese día utilizando la mencionada tasa activa, hasta el efectivo pago.”
- Disidencias: no hubo votos en disidencia; la decisión fue unánime (adhieren Fajre y Abreut de Begher al voto del Dr. Kiper).

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar