VITERRA ARGENTINA SA (TF 28489490-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
Viterra Argentina SA reclamó el reintegro de $636.328,89 por derechos de exportación presuntamente abonados en demasía. La Cámara Federal hizo lugar al recurso directo, declaró la nulidad de la Resolución MEyP Nº 126/08 y ordenó el reintegro con intereses, además de imponer costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
Viterra Argentina SA (TF 28489490-A).
¿A quién se demanda?
Dirección General de Aduanas / Fisco Nacional.
- Objeto de la demanda: Recurso directo contra la resolución administrativa que rechazó la repetición de $636.328,89 abonados por derechos de exportación; se impugna la validez de la Resolución MEyP Nº 126/08 por falta de base legal y violación del principio de reserva de la ley.
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar al recurso de la actora, revocó la resolución apelada, declaró la nulidad de la Resolución Nº 126/08 y reconoció el derecho de la recurrente a obtener el reintegro solicitado con sus intereses; declaró inoficioso el tratamiento del recurso del Fisco Nacional, impuso las costas a la demandada y diferió la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"El reglamento aquí cuestionado -Resolución MEyP N° 126/2008
- pretendió modificar la alícuota del derecho de exportación sobre las mercaderías en trato usando como fundamento el Código Aduanero (v. último considerando del acto). Sin embargo, no se advierte que las previsiones de aquella norma contuvieran las bases suficientes para constituir una delegación válida, en los términos descriptos por la Corte Suprema en el precedente de Fallos: 337:388."
"el principio de legalidad o de reserva de la ley no es sólo una expresión jurídico formal de la tributación, sino que constituye una garantía substancial en este campo, en la medida en que su esencia viene dada por la representatividad de los contribuyentes… [e]n tal sentido, este principio de raigambre constitucional abarca tanto a la creación de impuestos, tasas o contribuciones especiales como a las modificaciones de los elementos esenciales que componen el tributo, es decir, el hecho imponible, la alícuota, los sujetos alcanzados y las exenciones."
"Al guardar silencio el citado cuerpo legal respecto de la alícuota máxima que puede establecerse en materia de derechos de exportación, coloca a la resolución impugnada a extramuros de las normas y principios constitucionales antes reseñados."
"Así, las consideraciones del tribunal cimero ... obligan a acoger la apelación de la actora, dejar sin efecto la resolución apelada, declarar la nulidad de la Resolución Nº 126/08 y, consecuentemente, reconocer el derecho de la recurrente a obtener el reintegro de los derechos de exportación abonados sin causa al oficializar el permiso de embarque n° 12 057 EC013 000018 F, cuyo pago -por lo demás
- no fue desconocido en autos por la demandada."
"El reintegro al que da derecho esta decisión deberá ser comprensivo de los accesorios devengados a partir del momento establecido en el artículo 811 del Código Aduanero, calculados inicialmente a la tasa pasiva promedio que publica el Banco Central de la República Argentina ... Luego, a partir del 1º de septiembre de 2022, corresponderá adicionar intereses de conformidad con la tasa establecida en la Resolución n° 559/2022 ... desde el 1º de febrero de 2024, los de la Resolución Nº 3/2024 ... desde el 1° de marzo de 2025, según la tasa fijada en la Resolución ... n° 199/25 y; a partir del 1° de julio de 2025, de conformidad con lo establecido en la Resolución ... n° 823/25."
- Disidencias: No se registra voto en disidencia en la parte dispositiva final; la sentencia se resolvió por mayoría conforme al bloque dispositivo transcripto.
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