Z., N. B. c/ OBRA SOCIAL DE LA UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION s/AMPARO/SUMARISIMO VALOR CUOTA EMP-DNU 70/23
Acción de amparo contra Accord Salud por aumentos de cuota derivados del DNU 70/23; la actora solicitó retrotraer cuotas a diciembre de 2023. El Juzgado rechazó la demanda por entender que no existe perjuicio palmario ni desaparición del control estatal sobre las cuotas y condenó en costas al actor, regulando honorarios en 20 UMA ($1.699.260).
¿Quién es el actor?
N. B. Z. (N.B.Z.), por derecho propio.
¿A quién se demanda?
ACCORD SALUD (Obra Social de la Unión del Personal Civil de la Nación).
- Objeto de la demanda: Amparo sumarísimo contra los aumentos de cuota aplicados en virtud del DNU 70/23; se pidió dejar sin efecto los aumentos, declarar la inconstitucionalidad del DNU en lo pertinente y retrotraer el valor de la cuota a diciembre de 2023, con medida cautelar innovativa.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la demanda interpuesta y se impusieron las costas al actor. Asimismo, se reguló honorarios de la letrada patrocinante del actor en 20 UMA ($1.699.260) y se ordenaron diligencias administrativas (apertura de cuenta DEOX y comunicaciones).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de pasajes relevantes):
"Es dable recordar que el 10 de julio de 2024 me expedí en los autos 'MATEO, SABRINA c/ OMINT SA DE SERVICIOS Y OTRO s/AMPARO DE SALUD' ... declaré abstracta la cuestión planteada."
"La Excma. Cámara Federal del fuero ya se ha expedido sobre el fondo en causas análogas, donde por mayoría se ha declarado la inconstitucionalidad de los artículos 267 y 269 del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70/2023. ... comparto los fundamentos vertidos por el Dr. Alfredo Silverio Gusman en su voto en disidencia ..."
"En virtud de dicho acuerdo transaccional ... fue homologado por el titular del Juzgado N°3 del fuero el 14/6/24. ... puede observarse que la S.S.S. ejerce labores de contralor en la fijación de los precios de las cuotas. Justamente, la supuesta ausencia de ese control es la pretensión principal del accionante ..."
"Considero que el deber de control estatal no ha desaparecido, aunque su regulación ya no se encuentre en los artículos que fueron derogados. Por lo tanto, tengo para mí que no se encuentra probada que la obligación de controlar se extinguió con la anulación de esas normas."
"En virtud de los fundamentos vertidos ... entiendo que no se encuentra demostrado un obrar actual de la demandada que lesione, restrinja, altere o amenace de manera arbitraria o ilegal el derecho a la salud de la accionante ni la necesidad de prevenir un daño inminente, dado que el control del valor de la cuota se encuentra garantizado por los mecanismos descriptos."
- Disidencias: No se consignan votos en disidencia en este fallo de primera instancia; el juez hace explícita adhesión a fundamentos del voto en disidencia de otra causa (Dr. Gusman) pero la resolución final es del juez de la causa.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: