Logo

BAYER CROPSCIENCE NV c/ INPI s/DENEGATORIA DE PATENTE

Bayer CropScience impugnó la denegatoria administrativa de una solicitud de patente sobre plantas de algodón transgénicas. La Cámara rechazó el recurso de la actora y confirmó la sentencia de primera instancia, entendiendo que la denegatoria del INPI se mantuvo conforme a prueba pericial y trámite administrativo; impuso costas y confirmó las regulaciones honorarias apeladas.

Patente Biotecnologia Actividad inventiva Inpi Denegatoria Peritaje Presuncion de legitimidad Costas Honorarios Uma


¿Quién es el actor?

Bayer CropScience N.V.

¿A quién se demanda?

Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI).
- Objeto de la demanda: solicitud de nulidad de la resolución N° P-033/2018 que denegó la solicitud de patente N° P2006 01 02 443 relativa a plantas de algodón transgénicas con tolerancia a herbicidas por falta de cumplimiento de los arts. 4, 20 y 22 de la ley 24.481.

¿Qué se resolvió?

se rechazó el recurso de apelación interpuesto por la actora y se confirmó el fallo apelado en todo cuanto dispone; se impusieron costas. Asimismo, se confirmaron los honorarios regulados por bajos (consultora técnica del INPI y letrados de la demandada) y se reguló en la Alzada la remuneración de los profesionales por las labores realizadas (montos en UMA expresados en pesos).
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "La sentencia del 13.3.2025 rechazó la demanda impetrada por Bayer Cropscience. Con costas, conforme a lo establecido en el artículo 68, primer párrafo, del CPCCN." "la peritaje realizado en autos determinó que la invención solicitada cumple con los requisitos de novedad y aplicación industrial, en cuanto al requisito de la 'actividad inventiva', manifestó que 'Este punto no puede cumplirse porque para una persona normalmente versada en la materia, a la fecha de presentación del trámite, resultaba claro que transformar una planta de tabaco con una construcción que incluye un gen EPSPS va a generar una planta resistente a glifosato.'" "no fue puesta en crisis la presunción de legitimidad de la denegatoria y la desestimación del 'recurso de reconsideración', y ha quedado demostrado que la exigencia de acreditar las diferencias entre la solicitud y los antecedentes que conforman el estado de la técnica es razonable y tiene fundamento técnico y jurídico (artículos 4, inciso d, 20, 22 y cc. de la ley 24.481)." "Por todo lo antedicho, propongo al Acuerdo rechazar el recurso de la parte actora y confirmar el fallo apelado en todo cuanto dispone. Con costas."
- Disidencias: no se registra voto en disidencia; los Dres. Florencia Nallar y Juan Perozziello Vizier adhieren al voto que antecede.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar