Logo

NGOM, ABDOU DIT NDIOBO c/ EN-M INTERIOR-DNM (EX 38070/25) s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO

El actor impugnó la Disposición SDX N° 61957/2025 que canceló su residencia, declaró irregular su permanencia, ordenó su expulsión y prohibió su reingreso. La Cámara Federal declaró su incompetencia por razón del grado y ordenó remitir el expediente a un juzgado de primera instancia para que asuma el conocimiento de la causa.

Recurso directo Direccion nacional de migraciones Nulidad Expulsion Residencia permanente Incompetencia por razon del grado Remision a grado Procedimiento administrativo Fiscal general Camara contencioso administrativo federal


¿Quién es el actor?

NGOM, ABDOU DIT NDIOBO.

¿A quién se demanda?

EN-M INTERIOR
- DNM (Dirección Nacional de Migraciones).
- Objeto de la demanda: Se promovió recurso directo para que se declare la nulidad absoluta e insanable de la Disposición SDX N° 61957/2025 que canceló la residencia permanente del actor, declaró irregular su permanencia en el país, ordenó su expulsión y prohibió su reingreso con carácter permanente.

¿Qué se resolvió?

La Cámara declaró su incompetencia en razón del grado para entender en el recurso directo y ordenó remitir el expediente a la instancia de grado para que un juzgado de primera instancia asuma el conocimiento de la causa. Se hicieron constar vacantes de la Vocalía Nº 15 y se ordenó registrar, notificar al actor y al Sr. Fiscal General y remitir el expediente por Mesa de Entradas.
- Fundamentos principales (textos transcritos): "II.
- Que a fojas 16 el Tribunal corrió vista de las presentes actuaciones al Sr. Fiscal General, cuyo dictamen se encuentra agregado a fojas 17. Allí el Representante del Ministerio Publico Fiscal se remitió a los argumentos expuestos del día a 18/07/2025 en los autos CAF 23604/2025, caratulados “BILDINA, VALERIIA c/ EN-M INTERIOR-DNMEXPTE 152801/22 DISP 192535/25 s/ RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO”." "III.
- Que de conformidad con lo señalado por el Sr. Fiscal General en su dictamen y teniendo en cuenta el criterio ya uniforme sostenido por todas las Salas de esta Cámara, corresponde declarar la incompetencia de este Tribunal -en razón del grado
- para entender en la causa (conf. Sala I, autos CAF 16.477/2025 “Londoño Osorio, Jhon Jairo#40054316#478912147#20251105090954625 c/EN
- M° Interior – DNM
- Expte. 14731/14 s/recurso directo DNM”, resol. del 27/8/2025; Sala II CAF 22.528/2025 “Zhou, Zhiying c/EN
- M° Interior
- DNM
- Expte. 24.527/25 Disp. 48.641 66.435 s/recurso directo DNM”; Sala III del Fuero, en autos CAF 23.503/2025 “Alava Medranda, José Sebastián c/EN
- M° Interior
- DNM
- Expte. 82047/22 s/recurso directo DNM”; Sala IV del Fuero, en autos CAF 18.911/2024 “Manevy, Diego Daniel c/EN
- M° Interior
- DNM
- Ex. 234733/89 s/recurso directo DNM”; esta Sala, autos CAF 1.320/2025 “Alvarez Herbas, Bruno c/ EN – M Interior -DNM
- EX 615990/93 s/recurso directo DNM”).En consecuencia, corresponde ordenar la remisión de la causa a la instancia de grado para que un juzgado asuma el conocimiento de la causa." No hubo votos en disidencia consignados en el acuerdo final.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar