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EN - DNM c/ ALITALIA - SOCIETA AEREA ITALIANA SPA SE Y OTRO s/PROCESO DE EJECUCION

La Dirección Nacional de Migraciones solicitó que la presentación para aprobar liquidación de honorarios sea suscripta por todos los letrados regulados. La Cámara hizo lugar a la apelación y revocó el pronunciamiento de primera instancia, ordenando al a quo que provea lo requerido en la presentación de fs. 379.

Direccion nacional de migraciones Honorarios Disposicion 1637/2020 Disposicion 2023-2567-apn-dnm#mi Regulacion de honorarios Ejecucion Apelacion Revocatoria Suscripcion de letrados Camara contencioso administrativo federal


¿Quién es el actor?

Dirección Nacional de Migraciones (representada en expediente por distintas letradas, entre ellas Dra. Bárbara Ailén Luque y Dra. María Silvia Caminos).

¿A quién se demanda?

Alitalia
- Societa Aerea Italiana SPA y otro (en ejecución).
- Objeto de la demanda: Cuestión relativa a la aprobación e intimación de pago de liquidación de honorarios regulados y la exigencia del juzgado de que la presentación de aprobación estuviera suscripta por la totalidad de las letradas a las que se les habían regulado honorarios.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al recurso de apelación interpuesto por la actora y, en consecuencia, se revocó el pronunciamiento de fs. 96; debiendo el a quo proveer el requerimiento formulado a fs. 379. Regístrese, notifíquese y oportunamente devuélvase.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): II.
- "en la órbita de la Dirección Nacional de Migraciones se encuentra vigente la Disposición N° 2023-2567-APN-DNM#MI que regula la distribución de honorarios, cuyo artículo 7 inc. c) establece: ‘hacerle saber al juzgado o tribunal interviniente que cualquier otro profesional en su carácter de patrocinante o representante en juicio de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, está facultado para pedir la regulación, el libramiento o transferencia de los honorarios regulados y percibir los fondos pertinentes en caso de ausencia, desvinculación, impedimento, enfermedad, fallecimiento o cualquier otra circunstancia alegada expresamente que imposibiliten su cobro oportuno por el profesional en cuyo favor se hayan regulado, a fin de incorporarlos al presente régimen de distribución’." III.
- "De las constancias de la causa resulta que a fs. 16/17 la Dra. Barbara Ailen Luque se presentó en representación de la Dirección Nacional de Migraciones y denunció la Disposición nro. 1637/2020 ... En esas presentaciones, los profesionales deberán: a) transcribir textualmente el artículo 40 del Decreto N° 34952 ... b) manifestar expresamente su conformidad con el presente régimen; c) hacerle saber al Juzgado o Tribunal interviniente que cualquier otro profesional ... está facultado para pedir la regulación, libramiento, transferencia de honorarios regulados y percibir fondos pertinentes ..." IV.
- "teniendo en cuenta la fecha en que las Dras. Castello, Hauscarriague y Galván se desempeñaron en autos ... y lo establecido en la Disposición Nº 1637/2020, modificada por la Disposición nro. 2023-2567-APN-DNM#MI (B.O. 28/07/23), –cuya aplicación no se encuentra controvertida en autos-, corresponde hacer lugar al recurso de apelación interpuesto a fs. 385/389 y, en consecuencia, revocar el pronunciamiento de fs. 96; debiendo el a quo proveer el requerimiento formulado a fs. 379 (cfr. en igual sentido, Sala III expte nro. 10706/2019 “EN
- DNM c/ Aerovias Del Continente Americano SA
- AVIANCA s/ ejecución fiscal”, del 18 de septiembre de 2025)."
- Disidencias relevantes: No se consignan votos en disidencia; la resolución es la del acuerdo de Sala.

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