PEREYRA, MARIA CRISTINA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora demandó a la ANSES para que se revoque la denegatoria del reajuste del haber previsional y se paguen las retroactividades. El Juzgado Federal de Córdoba hizo lugar, ordenó recalcular y reajustar el haber del causante conforme índices y precedentes citados, dispuso la liquidación por ANSES y declaró inconstitucionales diversas normas impositivas y de movilidad, eximiendo de Ganancias los retroactivos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Sra. María Cristina Pereyra, con patrocinio de la Dra. Estela Mari Zalazar.
Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), representada por la Dra. Beatriz E. Moyano.
Objeto: Reajuste del haber de pensión que percibe la actora (recalculo por prestaciones P.C./P.A.P./PBU según Ley 24.241), pago de retroactividades y declaración de inconstitucionalidad de diversas normas (entre otras, arts. de leyes 24.463; 20.628; 27.609).
Decisión: Se admitió la acción y se hizo lugar al pedido de reajuste: se ordenó a ANSES que determine el haber inicial del causante y practique las liquidaciones respectivas dentro del plazo del art. 2 ley 26.153; se impusieron intereses según la Tasa Pasiva Promedio del BCRA; se declararon inconstitucionales el art. 7 inc. 2 de la Ley 24.463, el artículo 21 de la ley 24.463, la fórmula de movilidad prevista por la ley 27.609 y los arts. 23 inc. c); 79 inc. c); 81 y 90 de la ley 20.628 (por lo que los retroactivos y el haber reajustado quedan exentos de retención de Impuesto a las Ganancias); se impusieron las costas a la demandada y se difirió la regulación de honorarios de la actora para la etapa de cumplimiento.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes):
"Que en cuanto a la determinación de la PBU y su posterior movilidad, corresponde aplicar el criterio sostenido por la C.S.J.N. en autos 'Quiroga, Carlos Alberto c/ Anses s/ Reajustes Varios' ..., en cuanto difirió el análisis de su procedencia para la etapa de ejecución de sentencia."
"Que, siendo que para el cálculo de la Prestación compensatoria... de ser el caso de que de las constancias administrativas surgiera que el actor realizó aportes con anterioridad al 15 de Julio de 1994 por más de 35 años, corresponderá estarse a lo dispuesto por la CSJN en autos 'Barrios, Idilio Anelio c/ ANSES s/ Reajustes varios'... 'corresponde declarar la inaplicabilidad del tope legal de 35 años...'."
"Ahora bien, la CSJN, en autos 'Eliff Alberto José c/Anses –reajustes varios-'... ordenó reajustar las remuneraciones tenidas en cuenta a los fines del cálculo de la P.C. y P.A.P, con arreglo al índice que señala la resolución de Anses 140/95... sin la limitación temporal que esta impone."
"En consecuencia, corresponde reconocer la constitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426... calculándose la movilidad de los haberes del accionante durante el período alcanzado por dicha normativa, conforme a la fórmula prevista en la misma." (aplicación selectiva de precedentes)
"Por tales motivos, corresponde declarar la inconstitucionalidad de la fórmula de movilidad prevista por la ley 27.609... no correspondiendo su aplicación a la hora de reajustar el haber de la parte actora."
"Consecuencia de lo expuesto, cabe declarar la inconstitucionalidad de los arts. 23, inc. c); 79, inc c); 81 y 90 de la ley 20.628... y por lo tanto exentas de retención de Impuesto a las Ganancias a las sumas que correspondiere abonar al accionante en concepto de retroactivo emergente del reajuste que se ordena, como así también el haber reajustado..."
Dispositivo final (transcripción parcial relevante): "Ordenar a la Anses que determine el haber inicial del causante y reajuste el haber previsional de la actora... ordenar a la ANSES practique las liquidaciones respectivas... Que en cuanto a la tasa de interés... ésta será la de la Tasa Pasiva Promedio que publica el Banco Central... Declarar la inconstitucionalidad del art. 7 inc. 2 de la Ley 24.463... Declarar la inconstitucionalidad de los arts. 23, inc. c); 79, inc c); 81 y 90 de la ley 20.628... Declarar la inconstitucionalidad de la fórmula de movilidad prevista por la ley 27.609... Imponer las costas a la demandada (art. 68 del CPCCN)."
- Disidencias: No constan votos en disidencia; la resolución es única y firmada por el Juez de primera instancia.
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