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DIA ARGENTINA SA c/ EN-M ECONOMIA-SECRETARIA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO (EX 12640959/21 - DISP 1184/23) s/RECURSO DIRECTO LEY 24.240 - ART 45

Día Argentina S.A. impugnó la Disposición DI-2023-1184-APN que le impuso una multa de $3.500.000 por incumplimiento del Programa Precios Cuidados. La Cámara rechazó el recurso directo y confirmó la Disposición apelada, con costas, y reguló honorarios profesionales por 4 UMA ($359.500).

Recurso directo Ley 24.240 Precios cuidados Multa $3.500.000 Delegacion administrativa Acta de inspeccion Articulos 4 y 7 ldc Honorarios 4 uma Costos Subsecretaria de acciones para la defensa de las y los consumidores.


¿Quién es el actor?

Día Argentina S.A.

¿A quién se demanda?

EN-M Economía
- Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo (Subsecretaría de Acciones para la Defensa de las y los Consumidores).
- Objeto de la demanda: Impugnación de la Disposición DI-2023-1184-APN que aplicó una multa de $3.500.000 y sanción accesoria por supuesta infracción de los artículos 4° y 7° de la Ley 24.240 por incumplimiento del Programa "Precios Cuidados" (actas de inspección N° 19.971 y N° 24.751).

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso interpuesto y se confirmó la Disposición apelada, con costas; además se regularon honorarios de la representación letrada de la demandada conforme al considerando V.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "IV.1.
- Sentado ello y en orden al planteo de incompetencia de la Subsecretaría de Acciones para la Defensa de las y los Consumidores, cabe destacar que contrariamente a lo sostenido por la parte actora, la competencia delegada a la Subsecretaría antes mencionada mediante la Resolución SC 32/2022 tiene sustento en la propia letra de la Ley Nº 24.240, en cuanto prevé la delegación de atribuciones y facultades por parte de la Autoridad de Aplicación ... En consecuencia, toda vez que no se advierte que la Resolución SC N° 32/2022 exceda el presupuesto de delegación contenido en la Ley Nº 24.240 ni tampoco se advierte la afectación de garantías constitucionales alegada por la recurrente, corresponde rechazar los agravios en este punto." "IV.3.
- En cuanto al planteo relativo a que los hechos consignados en el Acta Nº 19.971 y su rectificatoria Nº 24.751 no encuadran en las previsiones de los artículos 4° y 7° de la Ley N° 24.240, corresponde realizar las siguientes aclaraciones. ... En el caso de autos, dichas obligaciones no fueron cumplidas por la recurrente, al no respetar su compromiso de venta, tal como se desprende del Acta de Infracción Nº 19.971 ... Ello, ya que la empresa no dispuso la efectiva comercialización en góndola de, al menos, el ochenta por ciento (80%) por ciento de los productos de la canasta general, ... Además, también se observó una diferencia de precio respecto del producto 'Sal fina Día 500 g'." "V.
- Que en función de la naturaleza y el monto del proceso, el resultado obtenido y la extensión, calidad y eficacia del trabajo profesional cumplido por la dirección y representación letrada de la demandada, considero adecuado fijar sus honorarios profesionales por la contestación del recurso directo en la cantidad de 4 UMA, equivalentes en la actualidad a la suma de $359.500 (pesos trescientos cincuenta y nueve mil quinientos) ..."
- Disidencias: No constan votos en disidencia; la parte resolutiva expresa la decisión del acuerdo.

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