MINERVINI, JORGE ARIEL Y OTROS c/ EN-M SEGURIDAD-PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Solicitud de fijación de honorarios del letrado patrocinante ante la Alzada. La Cámara hizo lugar y fijó los honorarios del Dr. Federico A. Dombrecht en 2,64 UMAs (equivalentes a $237.270), ordenando su registro, notificación y remisión al juzgado de origen.
¿Quién es el actor?
Minervini, Jorge Ariel y otros (parte actora).
¿A quién se demanda?
EN-M Seguridad
- PFA (expediente indica reclamo contra EN-M Seguridad
- PFA, "PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG").
- Objeto de la decisión: fijación de honorarios para el letrado patrocinante por su actuación ante la Cámara.
¿Qué se resolvió?
Se fijaron los honorarios del Dr. Federico A. Dombrecht en 2,64 UMAs, equivalentes a $237.270 (a la fecha del pronunciamiento), y se ordenó registrar, notificar y devolver el expediente al juzgado de origen. Se aclaró que el importe no incluye IVA y que, si los beneficiarios acreditan ser responsables inscriptos, la obligada deberá depositar el IVA junto con el pago. Además, se dejó constancia de la vacancia de la Vocalía Nro. 15 de la Sala.
Fundamentos principales (textos transcritos del pronunciamiento):
"En función de la naturaleza del juicio, teniendo en consideración la calidad, eficacia y extensión de la tarea desarrollada, el resultado del proceso y el monto del juicio (ver liquidación aprobada el 9/11/2022), corresponde -por la labor desarrollada como letrado patrocinante de la parte actora y ante esta Alzada
- fijar los honorarios del Dr. Federico A. Dombrecht en 2.64 UMAs, equivalentes -a la fecha del presente pronunciamiento
- a $237.270 cfr. arts. 15, 16, 20, 21, 24, 29, 30, 51 y ccdtes. de la ley 27.423 y Resol. SGA Nro. 235/2026."
"Cabe dejar aclarado que en el importe establecido precedentemente no se encuentra incluida suma alguna en concepto de Impuesto al Valor Agregado, por lo que -frente a la acreditación de la condición de responsable inscripto en dicho tributo, que oportunamente realicen los beneficiarios-, la obligada respecto de dichos emolumentos deberá depositar el importe correspondiente a dicho tributo junto con el monto del pago."
"Se deja constancia de que la Vocalía Nro. 15 de esta Sala se encuentra vacante (Art. 109 del R.J.N)."
(No se registran votos en disidencia en el texto obrante).
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