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ALVAREZ, SONIA MARIELA c/ EN - AFIP - 20628 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

La actora reclamó la inconstitucionalidad y el cese de retenciones del impuesto a las ganancias sobre su haber previsional y la restitución de lo retenido. La Cámara admitió parcialmente el recurso del Fisco, revocó en parte la sentencia de grado para limitar la restitución a las sumas retenidas desde dos años antes de la demanda y confirmó en lo demás la sentencia que hizo lugar a la acción.

Afip Impuesto a las ganancias Haberes previsionales Restitucion Interes Plazo de reintegro Principio de congruencia Accion de conocimiento Costas Camara contencioso administrativo federal


¿Quién es el actor?

Sra. Sonia Mariela Alvarez.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) / Ente Fiscal y Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal.
- Objeto de la demanda: Se impugnaron por inconstitucionales las normas del impuesto a las ganancias que permiten retener sobre haberes previsionales, solicitándose el cese de las retenciones y la restitución de las sumas retenidas con más intereses y costas.

¿Qué se resolvió?

La Cámara admitió parcialmente el recurso de apelación interpuesto por el Fisco Nacional y, en consecuencia, revocó parcialmente la sentencia de grado para disponer que se restituyan las sumas retenidas por impuesto a las ganancias sobre los haberes de la Sra. Alvarez conforme lo dispuesto en el considerando X (limitando la restitución a las sumas retenidas desde dos años anteriores a la interposición de la demanda); rechazó los restantes agravios del Fisco y confirmó la sentencia apelada en lo demás; y distribuyó las costas de ambas instancias en el orden causado.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "En el caso, tal como se indicó en el considerando V, la actora promovió las presentes actuaciones con el objeto de que se declarara la inconstitucionalidad de la normativa que menciona, se ordene el cese en la práctica de los descuentos y se restituya lo retenido conforme el plazo del art. 2562 (inc. c) del CCCN, con intereses (v. acápites 1 'PERSONERÍA OBJETO' y 13 'PETITORIO', punto 5°, del escrito de inicio)." "En efecto, de la atenta lectura del escrito inicial no se advierte que la actora haya solicitado el reintegro de las sumas que le fueron oportunamente retenidas en concepto de impuesto a las ganancias desde los cinco años anteriores al inicio de la demanda (conf. artículo 56, 5º párrafo de la ley 11.683), sino que de lo expuesto anteriormente surge que solicitó la devolución desde los dos años anteriores a la interposición de la presente acción (tal como lo preve la norma invocada por la propia actora; v. cap.1 escrito de demanda). De modo tal, de procederse al reintegro por un período mayor al peticionado en la demanda, se infringiría el principio de congruencia..." "Desde tal perspectiva, atendiendo a las especiales circunstancias del caso que resultan de los elementos probatorios aportados, a la luz de los extremos expuestos en el presente considerando, a juicio de este Tribunal, corresponde hacer parcialmente lugar al agravio introducido y disponer la restitución de la totalidad de las sumas que fueran retenidas sobre los haberes previsionales del actor desde los dos años anteriores a la fecha de interposición de la demanda, por ser ello lo solicitado en forma expresa por el accionante en el escrito de inicio, limitando de este modo su pretensión en tal sentido."
- Votos en disidencia: no consta disidencia; la Parte Resolutiva expresa la decisión de la Cámara por mayoría.

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