BRIOSSO VERONICA ALEJANDRA Y OTRO c/ GCBA (CROMAÑON) s/DAÑOS Y PERJUICIOS
Demandante reclamó indemnización por daños y perjuicios derivados del incendio en el local República Cromañón. La Cámara modificó la sentencia de primera instancia: redujo las indemnizaciones y fijó la distribución de la responsabilidad entre el Estado Nacional, el GCBA y los particulares, además de confirmar la distribución de costas.
¿Quién es el actor?
Verónica Alejandra Briosso (actora).
- Demandados: Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (GCBA); Estado Nacional (EN); Patricio Santos Fontanet; Juan Alberto Carbone; Elio Rodrigo Delgado; Eduardo Arturo Vázquez; Cristian Torrejón; Daniel Horacio Cardell; Diego Marcelo Argañaraz; Raúl Alcides Villareal; Carlos Rubén Díaz; Fabiana Gabriela Fiszbin; Gustavo Torres; Ana María Fernández (terceros).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Demanda por daños y perjuicios por los hechos del incendio del local “República Cromañón” el 30 de diciembre de 2004, en ocasión de concurrir a recital de la banda “Callejeros”. Primera instancia había condenado solidariamente al pago de $3.052.000.
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar parcialmente a los recursos de apelación y modificó la sentencia de primera instancia: redujo los montos indemnizatorios y fijó la distribución porcentual de responsabilidades entre los condenados; además confirmó la distribución de costas de la instancia y las de esta alzada se imponen por su orden. (Decisión mayoritaria conforme al bloque dispositivO final).
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
- “En efecto, señaló que ‘[s]e advierte impacto emocional reactivo al evento vivido en ocasión del incendio en el local de República Cromañón, con emergencia de sentimientos displacenteros, angustia y desasosiego, trastornos del sueño que han remitido con implementación de tratamiento medicamentoso, reacciones fóbicas y presencia de flashback que menoscaban la capacidad de goce en lo personal, familiar, social-reactivo y laboral.’”
- “Así pues, es indudable que en autos se ha acreditado fehacientemente el impacto negativo que imprimió la tragedia de ‘República Cromañón’ en el aparato psíquico de la accionante y, por ende, la existencia de secuelas permanentes; circunstancia que permite tener por acreditada la procedencia de la pretensión con relación a este rubro ... y, en consecuencia, reducir la indemnización sobre el rubro a la suma de $ 150.000.”
- “Que, por lo expuesto, cabe reducir la indemnización reconocida a la señora Verónica Alejandra Briosso a la suma quinientos cincuenta y dos mil pesos ($552.000).”
- “Que, en cuanto a las costas, en virtud de la existencia de vencimientos parciales y mutuos, se confirma la distribución realizada por la a quo (art. 68, segundo párrafo, del CPCCN). Las de esta instancia también se imponen por su orden.”
- Disidencia relevante: El juez Rogelio W. Vincenti figura “en disidencia parcial”; del texto se advierte que su disidencia se vincula al considerando 9° (cuestión porcentual), en tanto los otros dos jueces adhirieron al reparto de responsabilidades fijado por mayoría.
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