CURINAO, CARLA GISELA Y OTROS c/ EN-DNM s/EMPLEO PUBLICO
Trabajadores demandaron a la Dirección Nacional de Migraciones por el carácter remunerativo del adicional por servicio de inspección migratoria (SIM) y su inclusión en liquidaciones. La Cámara confirmó la sentencia de grado, tuvo por desistida a la DNM de su apelación y rechazó el recurso de la actora, sin costas en esta instancia por no haber actividad de la contraria.
¿Quién es el actor?
Carla Gisela Curinao y otros (lista de varios actores señalados en la causa).
¿A quién se demanda?
Dirección General de Migraciones (DNM) / Estado Nacional.
- Objeto de la demanda: Se reclamó que el adicional o suplemento por servicio de inspección migratoria (SIM) tuviera carácter remunerativo y bonificable y que incidiera en la liquidación de aportes, vacaciones, licencias, sueldo anual complementario (SAC) y pago de diferencias salariales y previsionales; se pidió restitución de importes descontados durante licencias por enfermedad y aplicación retroactiva de aumentos homologados por decretos 836/11, 923/12, 687/13, 811/14, 1118/15 y 767/16.
¿Qué se resolvió?
La Cámara, por mayoría, tuvo por desistida a la parte demandada del recurso de apelación interpuesto a fs. 5653 contra la sentencia de fs. 5649 y rechazó el recurso de apelación de la parte actora; no se impusieron costas en esta instancia por no haber actividad de la parte contraria. (La sentencia de grado —fecha 11.09.2025— había hecho lugar a la demanda y declarado el carácter remunerativo y bonificable del SIM y su incidencia en vacaciones, licencias, SAC y aportes y contribuciones, con retroactividad limitada conforme allí resuelto.)
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
"Para así resolver, señaló que la regularidad, habitualidad y permanencia de dichas percepciones surgían en forma expresa de las propias normas que sustentaron su pago (v. disposiciones DNM 12.590/1999, 4888/2000 y 4889/2000 ...). En consecuencia, admitió la pretensión de autos, declaró el carácter 'remunerativo' y 'bonificable' del SIM y su incidencia en las vacaciones, licencias, SAC y/o cualquier otro rubro que su cálculo se tenga en cuenta el salario final, así como también en lo concerniente a los aportes y contribuciones previsionales."
"En este punto conviene recordar también que, por expresa disposición legal, la cámara 'examinará las cuestiones de hecho y de derecho sometidas a la decisión del juez de primera instancia que hubiesen sido materia de agravios' y 'no podrá fallar sobre capítulos no propuestos a la decisión del juez de primera instancia' (arts. 271 y 277 del CPCCN)."
"Cabe concluir que las críticas formuladas por la parte actora en su memorial de agravios son fruto de una reflexión tardía, que no corresponden ser evaluadas por esta Alzada por imperativo legal. Desde esta perspectiva, se deben desestimar los agravios de la parte actora, sin especial imposición de costas por no haber actividad de la parte contraria."
- Votos y disidencias: El voto que motiva la resolución fue el del Dr. Rogelio W. Vincenti, al que adhirieron los Dres. Marcelo Daniel Duffy y Jorge Eduardo Morán; no consta disidencia.
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