EDWARDS GONZALEZ, RAMONA ANTONIA c/ EN - DNM - EX 287406/14 s/RECURSO DIRECTO DNM
La actora impugnó la cancelación de su residencia y la orden de expulsión con prohibición de reingreso. La Cámara rechazó el recurso y confirmó la decisión administrativa de la Dirección Nacional de Migraciones por ser ajustada a derecho conforme al Decreto Nº 366/2025 y la ley de migraciones.
¿Quién es el actor?
Ramona Antonia Edwards González (residente permanente, de nacionalidad paraguaya).
¿A quién se demanda?
Estado Nacional — Dirección Nacional de Migraciones (DNM).
- Objeto de la demanda: Recurso directo contra la Disposición SDX Nº 91372 (29/10/2020) que canceló su residencia, declaró irregular su permanencia, ordenó su expulsión y prohibió su reingreso permanente; y contra la Disposición SDX Nº 204393 (19/12/2022) que rechazó la denuncia de ilegitimidad. La actora solicitó revocar la orden de expulsión y la prohibición por aplicación de la dispensa por reunificación familiar (art. 62 in fine, Ley Nº 25.871) y cuestionó la aplicación normativa (Decreto Nº 70/2017 y normativa posterior).
¿Qué se resolvió?
Se rechaza el recurso interpuesto por la Sra. Ramona Antonia Edwards González y se imponen costas de ambas instancias por su orden; en consecuencia se confirma la cancelación de la residencia y la orden de expulsión dictadas por la DNM.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"Así las cosas, corresponde evaluar la situación migratoria de la Sra. Edwards González de conformidad con la regulación que establece el Decreto N° 366/2025."
"En consecuencia, dado que la migrante, con residencia permanente en el país desde el año 2015, fue condenada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 2 de General San Martín, en la Causa Nº 39710/2016 a la pena de 6 años de prisión, en orden al delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravado por la intervención de tres o más personas organizadas para cometerlo, no cabe sino colegir que resultó ajustada a derecho la decisión de la Dirección Nacional de Migraciones de cancelar su residencia y disponer su expulsión del territorio nacional (Disposiciones SDX Nº 91372 y SDX Nº 204393)."
"El artículo 16 del Decreto Nº 366/2025 al modificar el artículo 62 de la Ley Nº 25.871, dispuso que '[E]xcepcionalmente, por motivos acreditados y fundados en razones humanitarias o de reunificación familiar, la autoridad migratoria podrá dispensar la cancelación de la residencia y la posterior expulsión. La autoridad migratoria no podrá, en ningún caso, disponer la dispensa ... cuando el extranjero en cuestión hubiere sido condenado por la comisión de un delito doloso contra la vida, la integridad sexual o los poderes públicos y el orden constitucional.' ... 'La mera perturbación de las relaciones familiares, como consecuencia de la legitima cancelación de residencia y orden de expulsión, no será motivo suficiente para considerar afectado el derecho de reunificación familiar'."
Además se expresó que la autoridad administrativa ponderó el pedido de dispensa y lo rechazó por la gravedad y monto de la condena, y que "debiendo privilegiar el impedimento de la ley migratoria verificado en el caso, corresponde confirmar lo decidido por el juez a quo."
- Disidencias: No se registra voto en disidencia en el acuerdo final.
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