ORTIZ RODRIGUEZ, LINO SALVADOR c/ EN-M INTERIOR OP Y V-DNM s/RECURSO DIRECTO DNM
El actor cuestionó la cancelación de su residencia permanente y el acto expulsorio dictado por la DNM. La Cámara hizo lugar a la apelación, revocó la sentencia apelada y declaró la nulidad de las Disposiciones SDX 243723/18 y 124760 por no aplicar correctamente el art. 62 inciso b) de la Ley 25.871 conforme a la doctrina de la Corte Suprema.
¿Quién es el actor?
ORTIZ RODRIGUEZ, Lino Salvador (representado por la Defensora Pública Coadyuvante, Comisión del Migrante de la Defensoría General de la Nación).
¿A quién se demanda?
EN-M Interior OP y V
- DNM (Dirección Nacional de Migraciones / Administración).
- Objeto de la demanda: Impugnación de las Disposiciones SDX n° 124760 (06/06/2017) y SDX nº 243723/18 que cancelaron la residencia permanente del actor, declararon irregular su permanencia, ordenaron su expulsión y prohibieron su reingreso por 10 años, fundadas en una condena por robo agravado.
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar al recurso de apelación, revocó la sentencia apelada y declaró la nulidad de las Disposiciones SDX 243723/18 y 124760; además impuso las costas de ambas instancias en el orden causado, atendidas las particularidades de la causa.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"teniendo en cuenta que el texto de la norma alude a una decisión judicial condenatoria concreta, los jueces no pueden apartarse del parámetro fijado por el legislador y quedan relevados de indagar en alternativas hermenéuticas más complejas".
"Así, no obstante la entidad del delito por el cual fue condenado el apelante, conforme surge de la reseña efectuada en los considerandos I a III, corresponde aplicar lisa y llanamente lo decidido por la Corte Suprema en estas mismas actuaciones con fecha 30/09/2025 ... En virtud de ello, resulta admisible el agravio principal del recurrente, lo que obliga a dejar sin efecto la sentencia apelada."
"toda vez que las Disposiciones SDX nros. 243.723/18 y 124760 no realizan una interpretación ajustada a derecho del artículo 62 inciso b) de la Ley N° 25.871, que respete los lineamientos ya establecidos por el Alto Tribunal, corresponde declarar la nulidad absoluta e insanable de tales actos administrativos (art. 14 inc. b) en concordancia con el art. 17 y el art. 7° inc. b) y c) de la Ley N° 19.549)."
- No existen votos en disidencia consignados en el fallo.
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