ZATTONI, JESICA VIVIANA Y OTROS c/ EN -M SEGURIDAD- PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Regulan honorarios de la patrocinante por las tareas realizadas en primera instancia y elevan los emolumentos en 6 U.M.A. (equivalentes a $539.250). La Cámara consideró la naturaleza, el resultado obtenido y la trascendencia económica, y ordenó que la suma se abone conforme al art. 51 de la Ley 27.423, sin incluir el IVA que, en su caso, deberá adicionarse.
¿Quién es el actor?
Zattoni Jesica Viviana y otros.
¿A quién se demanda?
EN
- M. Seguridad
- PFA (Estado/Nombrado en la causa).
- Objeto de la demanda: trámite vinculado a la causa "S/ PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG" (y, en este incidente, regulación de honorarios de la patrocinante).
¿Qué se resolvió?
Se elevan los emolumentos de la Dra. Vilma Raquel Gaspar en la suma de 6 U.M.A., equivalente a $539.250, debiendo cancelarse conforme al artículo 51 de la Ley 27.423; la regulación no incluye el Impuesto al Valor Agregado, que deberá adicionarse según corresponda. Se ordenó registrar la resolución y devolver los autos a la instancia de origen para su notificación.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales):
"Que, en atención a la naturaleza del asunto, el resultado obtenido y la trascendencia económica de la cuestión en debate; y considerando el valor, motivo, extensión y calidad jurídica de las labores desarrolladas en las etapas de este proceso ante primera instancia, corresponde ELEVAR en la suma de 6 U.M.A. –equivalente a la suma de $539.250– los emolumentos correspondientes a la Dra. Vilma Raquel Gaspar que intervinieron como patrocinante en la defensa de la parte actora (arts. 16, 19, 20, 21, 29, 41, 58 de la Ley 27.423; Resol SGA Nº 235/26)."
"Se deja constancia que la regulación que antecede deberá cancelarse de acuerdo con lo previsto en el artículo 51 de la Ley 27.423 y que no incluye el Impuesto al Valor Agregado, monto que –en su caso– deberá ser adicionado conforme a la situación los profesionales intervinientes frente al citado tributo."
"ASÍ SE RESUELVE. Regístrese y devuélvanse los autos a la instancia de origen para su notificación."
- Votos en disidencia: No se consignan disidencias en el bloque dispositivo final.
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