ENRIQUE, PEDRO ALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES
El actor promovió demanda contra ANSeS por reajuste de haberes. La Cámara Federal de Rosario confirmó parcialmente la sentencia apelada, declaró inconstitucionales las Resoluciones ANSeS Nº 56/2018 y Secretaría de la Seguridad Social Nº 1/2018, revocó la declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 y declaró inconstitucional el art. 3 del DNU 157/2018, imponiendo costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
Enrique, Pedro Alberto (actor/autora del expediente FRO 36474/2022).
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajuste de haberes (reajustes por movilidad y cómputo de servicios autónomos; tratamiento de la PBU; impugnaciones a normas y resoluciones vinculadas a la actualización de beneficios).
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Rosario declaró de oficio la inconstitucionalidad de las Resoluciones de ANSeS Nº 56/2018 y de la Secretaría de la Seguridad Social Nº 1/2018; confirmó parcialmente la sentencia apelada; revocó la declaración de inconstitucionalidad del artículo 2° de la ley 27.426; declaró de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del DNU N° 157/2018 e impuso las costas a la demandada sustancialmente vencida. Se ordenó la publicación e devolución de autos al Juzgado de origen.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
1) "En consecuencia, cabe confirmar lo dispuesto en la sentencia apelada respecto de la actualización de las remuneraciones de la actora; la aplicación del precedente “Makler” para el cómputo de los servicios autónomos y declarar de oficio la inconstitucionalidad de las resoluciones de ANSeS Nº 56/2018 y de la Secretaría de la Seguridad Social Nº 1/2018."
2) "Respecto al tratamiento otorgado a la PBU ... corresponde rechazarlo por los fundamentos y conclusiones vertidos en el Acuerdo de esta Sala de fecha 17/12/2020, en los autos FRO 14224/2013, caratulados 'BALDO, JORGE c/ ANSeS s/ REAJUSTES POR MOVILIDAD'."
3) "atento lo resuelto por la C.S.J.N. en los autos 'Fernández Pastor, Miguel Ángel c/ ANSeS s/ amparos y sumarísimos'... corresponde modificar la postura sostenida en los fallos mencionados y revocar la sentencia apelada en cuanto declaró la inconstitucionalidad del artículo 2° de la 27.426."
4) "corresponde declarar de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018 e imponer las costas a la demandada sustancialmente vencida conforme lo establecido por el artículo 68 del CPCCN, por remisión del artículo 36 de la ley 27.423."
- Votos / discrepancias: El voto de la Dra. Silvina María Andalaf Casiello adhiere "por coincidir en lo sustancial con la solución propuesta" del vocal preopinante (Dr. Aníbal Pineda). No se registra disidencia en el acuerdo final.
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