RIPOLI, FEDERICO ARIEL c/ EN-M SEGURIDAD-PSA-DTO 2140/13 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El actor promovió acción para que se declare el carácter remunerativo y bonificable del suplemento por “Exigencia del Servicio de Seguridad Aeroportuaria” (Decreto 2140/13). La Cámara rechazó el recurso de la demandada y confirmó la sentencia de primera instancia en cuanto a la remuneratividad y retroactividad del suplemento, pero hizo lugar al recurso de la actora y modificó la distribución de costas, fijándolas a cargo de la demandada vencida.
¿Quién es el actor?
Ripoli, Federico Ariel.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- EN-M Seguridad
- PSA (Decreto 2140/13) / Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seguridad.
- Objeto de la demanda: Se reclamó el reconocimiento del carácter remunerativo y bonificable del suplemento por “Exigencia del Servicio de Seguridad Aeroportuaria” previsto en el Decreto nº 2140/13, con las correspondientes retroactividades y reclamo de costas.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso interpuesto por la parte demandada y, en consecuencia, se confirmó la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravios (esto es, el reconocimiento del suplemento como remunerativo y bonificable y las retroactividades ordenadas). Además, se hizo lugar al recurso de la actora y se revocó la sentencia apelada respecto de la distribución de costas, fijándose éstas a cargo de la demandada vencida; se impusieron asimismo las costas de esta instancia a la demandada (art. 68, 1° párrafo, CPCCN).
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
"I.
- Que mediante la sentencia dictada a fojas 81 el juez de la instancia anterior hizo lugar a la demanda entablada en autos. En consecuencia, reconoció el carácter remunerativo y bonificable del suplemento por “Exigencia del Servicio de Seguridad Aeroportuaria” previsto en el Decreto nº 2140/13, con más las correspondientes retroactividades devengadas desde los dos años anteriores a la fecha de interposición de la demanda hasta la entrada en vigencia del Decreto n° 142/22. Ello, con intereses a la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina (conf. art. 8 del Dec. N° 529/91, t.o. Decreto Nº 941/91), hasta su efectivo pago. Impuso las costas en el orden causado."
"III.1.
- Al respecto, con relación al agravio de la demandada vinculado con el suplemento por “exigencia del servicio de seguridad aeroportuaria”, toda vez que las circunstancias de esta causa son sustancialmente análogas a las examinadas por esta Sala en la causa Nº 70.099/2018, “Prince, Ricardo Javier c/ EN-M Seguridad-PSA s/Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg.”, del 2 de febrero de 2021, cabe remitir a los fundamentos allí expresados por razones de brevedad. En consecuencia, y en virtud de lo allí expuesto, corresponde desestimar el agravio de la demandada en este punto y confirmar el pronunciamiento apelado."
"III.2.
- Finalmente, con relación a las costas, no existiendo motivos que permitan apartarse del principio objetivo de la derrota que rige en la materia, corresponde hacer lugar al recurso de la parte actora y modificar la sentencia apelada en lo que a este punto respecta, fijándose las costas de ambas instancias a cargo de la demandada vencida (conf. art. 68, 1° párrafo, del CPCCN)."
- Disidencias: No se consignan votos en disidencia; el Sr. Juez Treacy votó y el Sr. Juez Gallegos Fedriani adhirió.
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