Logo

SUAREZ LEURINO Y MORINI SRL c/ AFSCA-RESOL 946/12 (EXPTE 125/10) s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

Recurso de apelación contra la sentencia que rechazó la demanda contra AFSCA por nulidad de la Resolución 946/12. La Cámara declaró desierto el recurso de la parte actora por incumplimiento de los requisitos del art. 265 del CPCCN y le impuso las costas de la instancia por aplicación del principio de la derrota.

Apelacion Recurso desierto Costas Derrota procesal Art. 265 cpccn Art. 266 cpccn Afsca Nulidad de resolucion Competencia Camara contencioso administrativo federal Sala v


¿Quién es el actor?

Suárez Leurino y Morini SRL.

¿A quién se demanda?

Autoridad Federal de Comunicación Audiovisual (AFSCA).
- Objeto de la demanda: Nulidad de la Resolución nro. 946-AFCA/12 (otorgamiento de licencia a Cooperativa San Guillermo) y demás pronunciamientos conexos.

¿Qué se resolvió?

La Cámara declaró desierto el recurso de apelación interpuesto por la parte actora y le impuso las costas de esta instancia, por aplicación del principio general de la derrota.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "III.-Que como lo señaló el Sr. Fiscal General en su dictamen del 13/7/2022, la parte actora, al expresar sus agravios, manifestó que habiendo transcurrido diez años desde que se inició este proceso: '“…a nadie le interesa demasiado hoy si la sentencia declara la nulidad de la resolución Nº 946-AFSCA/12, que otorgó la licencia a la [Cooperativa de Provisión de Servicios Públicos y Vivienda San Guillermo Limitada] y se remiten las actuaciones a la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (organismo hoy regido por una ley distinta a la que estaba vigente al inicio de estas actuaciones –Ley 27.442-) para que dictamine sobre si pueden coexistir dos prestadoras de servicios de radiodifusión por suscripción a través de vínculo físico (hoy calificados como servicios públicos por Decreto Nº 690/20). De hecho, están coexistiendo, en forma ruinosa para [ella] y normal para la cooperativa [, toda vez que,] con todos los servicios que presta y su poderío económico, no ve resentido su desenvolvimiento económico…'. Ello, en la medida que, la realidad de las partes y de '…la comunidad de San Guillermo (provincia de Santa Fe) son distintas a las de aquella época…'.”" "V.-Que en atención a lo expuesto y de una simple lectura de la expresión de agravios de la recurrente, se advierte que esta no reúne los requisitos exigidos por el artículo 265 del CPCCN, tanto en lo que se refiere al fondo del asunto decidido por la Sra. Juez, como a la forma en que fueron impuestas las costas. En consecuencia, corresponde declarar desierto su recurso en los términos del artículo 266 del mismo código. Las costas de esta instancia deben ser impuestas a la misma parte por aplicación del principio general de la derrota (art. 68 del CPCCN)."
- Votos/diferencias: El voto que abre la sentencia (Dr. Pablo Gallegos Fedriani) contiene los fundamentos arriba transcritos; el Dr. Guillermo F. Treacy adhiere. No consta disidencia.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar