ABELLA, GASTON MAXIMILIANO c/ LOBO, LAUTARO ARIEL s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
Reclamó resarcimiento por daños derivados de un accidente de tránsito entre una motocicleta y un automóvil; el Juzgado rechazó la demanda por entender acreditada la culpa exclusiva del conductor de la motocicleta como eximente de responsabilidad objetiva, y condenó en costas a la actora.
¿Quién es el actor?
Gastón Maximiliano Abella.
¿A quién se demanda?
Lautaro Ariel Lobo; citada en garantía: Compañía de Seguros La Mercantil Andina S.A.
- Objeto de la demanda: Daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 15 de agosto de 2017; monto reclamado estimativo $662.470 más intereses y costas; petición de citación en garantía de la aseguradora con póliza n° 009949518 (límite $9.000.000).
¿Qué se resolvió?
Se rechazó en todas sus partes la demanda interpuesta por Gastón Maximiliano Abella contra Lautaro Ariel Lobo y, por extensión, respecto de la aseguradora citada en garantía. Se impusieron las costas a la actora. Se regularon honorarios y demás medidas accesorias según lo detallado en el decisorio.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"En tal sentido, toda vez que el conductor de la motocicleta Gilera FX 125 dominio 859 IZN no respetó la prioridad de paso que le asistía al demandado, que circulaba por la derecha, siendo esta regla de un valor casi absoluto, que sólo cede ante circunstancias extremas y debidamente comprobadas en el proceso ..., se infiere que Gastón Maximiliano Abella arribó con su motovehículo a la encrucijada en cuestión, en forma por demás desaprensiva y antirreglamentaria, embistiendo con su frente al costado izquierdo del vehículo Chevrolet agile del demandado."
"Asentado ello, y sobre la base de lo afirmado en los sucesivos parágrafos del considerando I ... juzgo que aparece puntualmente acreditada la eximente de responsabilidad objetiva invocada por la aseguradora, al haber quedado corroborado que el contacto y a la sazón los diversos daños padecidos por la actora y su rodado, tuvieron su causa en la comisión de una maniobra intempestiva del pretensor... constituyendo su temperamento la causa eficiente de producción del posterior impacto."
"En suma, de todo lo expuesto, se arriba a la convicción de que el siniestro de autos se produjo por la exclusiva responsabilidad del demandante ...; corresponde rechazar la demanda interpuesta."
- Votos en disidencia: No se registran votos en disidencia en el pronunciamiento; la decisión es dictada por el Juzgado (voto único del juez subrogante).
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