ALVARADO, CHRISTIAN ANDRES c/ PIERGUIDI, ANTONIO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
El actor demandó por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito reclamando $2.168.700. El Juzgado hizo lugar a la demanda y condenó a Antonio Pierguidi y, en extensión, a La Segunda Cooperativa Limitada de Seguros Generales a pagar $16.959.021 más intereses, costas y honorarios.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Christian Andrés Alvarado.
Demandado: Antonio Pierguidi; en garantía citada La Segunda Cooperativa Limitada de Seguros Generales.
Objeto: Daños y perjuicios por accidente de tránsito ocurrido el 11/12/2020, con reclamo por diversas partidas (incapacidad sobreviniente, daño moral, gastos médicos y terapéuticos, daños materiales, privación de uso, etc.).
Decisión: Se hizo lugar a la demanda. Se condena a Antonio Pierguidi a pagar $16.959.021 dentro de diez días más intereses (según reglas del considerando VI) y se hace extensiva la condena a La Segunda Cooperativa Limitada de Seguros Generales; se imponen las costas al demandado y a la citada en garantía; se regulan honorarios y se ordenan medidas auxiliares (apertura de cuenta bancaria, registración y notificaciones).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"El art. 1769 del Cód. Civ. y Com. establece que en casos de daños causados por la circulación de vehículos en accidentes de tránsito es aplicable la responsabilidad derivada de la intervención de cosas. Esa responsabilidad se ha regulado en los arts. 1757 y 1758... Como la responsabilidad del dueño o guardián del automotor que intervino es objetiva (se funda en el riesgo) 'la culpa del agente es irrelevante a los efectos de atribuir responsabilidad', y los responsables sólo se liberan demostrando la causa ajena (art. 1722 Cód. Civ. y Com.)."
"El ingeniero mecánico Jorge Eduardo Lacunza refirió... que la encrucijada se encuentra regulada por semáforos... las deformaciones por compresión en su parte trasera verificadas en la inspección, se deben a un impacto que habría ocurrido con el frente del VW Vento... y el perito ratificó su dictamen frente a la impugnación."
"En definitiva, entiendo que, en los términos de las normas aludidas, se pone en juego la responsabilidad del demandado Antonio Pierguidi. De modo que, sin elementos que permitan tener por acreditada la ruptura del nexo causal, le atribuyo la responsabilidad total por el siniestro. Esa responsabilidad la haré extensiva a Compañía de La Segunda Cooperativa Limitada de Seguros Generales (art. 118 ley 17.418)."
- Disidencias: No constan votos en disidencia; la resolución es de instancia única (sentencia de primera instancia).
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