RIVERO, DIEGO ARMANDO c/ EN-M SEGURIDAD-PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Reclamó el actor el pago de suplementos previstos en decretos 2140/13 y 380/17. La Cámara hizo lugar parcialmente a la apelación de la demandada y revocó la sentencia respecto del suplemento Zona, por entender que aquél tiene naturaleza de suplemento particular no remunerativo ni bonificable.
¿Quién es el actor?
RIVERO, DIEGO ARMANDO.
¿A quién se demanda?
EN
- Ministerio de Seguridad
- PFA Personal Militar y Civil de las FFAA y de SEG.
- Objeto de la demanda: Reclamo de inclusión en el haber mensual y pago de diferencias retroactivas por suplementos previstos en los decretos Nros. 2140/13 y 380/17 (entre ellos "Función técnica de Apoyo", "Función Policial Operativa", "PADO" y "Zona").
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por la demandada y, en consecuencia, revocó la sentencia apelada respecto del suplemento "Zona"; además dispuso no imponer costas en esta instancia por la inactividad procesal de la contraria. En los demás aspectos confirmaron la sentencia apelada (reconocimiento de suplementos y retroactividades conforme a los decretos 2140/13 y 380/17, con la limitación temporal prevista por el art. 14 del Decreto 142/22).
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"VI.3.
- En lo que respecta al carácter atribuido al suplemento “Zona” creado por el Dto. Nº 380/17, la cuestión ha sido recientemente examinada y zanjada en la causa CAF 063838/2019/CS001“ Vettorello, Germán Emanuel c/ EN-M Seguridad -PFA s/personal militar y civil de las FFAA y de SEG”, sentencia del 18. Allí, la Corte Suprema de Justicia de la Nación
- por remisión a los fundamentos y conclusiones del dictamen de la señora Procuradora Fiscal en esa causa
- resolvió que la suma otorgada por el decreto 380/2017 bajo la denominación de suplemento por “zona”, que percibe el personal en actividad de la Policía Federal Argentina (PFA), reviste la naturaleza de suplemento particular y no posee carácter de remunerativo y bonificable."
"IX.
- Que en atención al desarrollo que antecede, corresponde: 1) Hacer lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por la demandada y, en consecuencia, revocar la sentencia apelada respecto del suplemento “Zona; 2) Sin costas de esta instancia, atento a la inactividad procesal de la contraria. ASÍ VOTO.-"
"SE RESUELVE: 1) Hacer lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por la demandada y, en consecuencia, revocar la sentencia apelada respecto del suplemento “Zona; 2) Sin costas de esta instancia, atento a la inactividad procesal de la contraria.-"
- Disidencias relevantes: No se registran votos en disidencia; el Dr. Treacy adhiere al voto que antecede del Dr. Gallegos Fedriani y el acuerdo dispuso la resolución indicada.
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