Logo

DONO, ADRIAN ENRIQUE c/ DEL RABAL, FLAVIA LETIZIA Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

Reclamó indemnización por lesiones y perjuicios derivados de un accidente de tránsito; la Cámara modificó la sentencia de grado y elevó la indemnización por incapacidad sobreviniente a $12.000.000 y por daño moral a $6.000.000, confirmando lo demás y imponiendo costas a los condenados.

Accidente de transito Incapacidad sobreviniente Dano moral Intereses Apelacion Costas Honorarios Uma Uhom Responsabilidad civil


¿Quién es el actor?

Adrián Enrique Dono.
- Demandados: Flavia Letizia Del Rabal y la aseguradora Compañía de Seguros La Mercantil Andina S.A. ( ésta última extensiva de la condena de grado).
- Objeto de la demanda: indemnización por daños y perjuicios por accidente de tránsito ocurrido el 23/10/2022, con reclamos por incapacidad sobreviniente, daño moral y tasa de interés.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Sala H, modificó la sentencia de primera instancia para elevar los montos fijados por incapacidad sobreviniente y por daño moral a $12.000.000 y $6.000.000, respectivamente; confirmó la sentencia en todo lo demás que fue materia de agravios; y dejó las costas de esta instancia a cargo de los condenados. Además reguló y adecuó de oficio honorarios y remuneraciones por UMA/UHOM conforme lo detallado en el dispositivo.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos tal como aparecen en la sentencia): "La indemnización por incapacidad sobreviniente -que debe estimarse sobre la base de un daño cierto
- procura el resarcimiento de aquellos daños que tuvieron por efecto disminuir la capacidad vital de la persona afectada, no solo en su faz netamente laboral o productiva sino en toda su vida de relación (social, cultural, deportiva e individual)." "Si bien los porcentajes de incapacidad, junto con la edad y las expectativas de vida de la víctima, constituyen un valioso elemento referencial para fijar la indemnización por incapacidad sobreviniente, el resarcimiento en cuestión debe seguir un criterio flexible, apropiado a las singulares circunstancias de cada caso." "Creo que la suma concedida por incapacidad sobreviniente es reducida, por lo propongo que se la eleve a $ 12.000.000." "El daño moral no es sino la lesión en los sentimientos que determina dolor o sufrimiento físico, inquietud espiritual o agravio a las afecciones legítimas y, en general, toda clase de padecimientos insusceptibles de apreciación pecuniaria... Por todo ello, entiendo que la suma es reducida, por lo que deberá ascender a $ 6.000.000." Respecto de los intereses: "Por este motivo, juzgo que debe rechazarse el planteo efectuado, y confirmar lo decidido." (refiriéndose al pedido del actor de aplicar la tasa activa desde la fecha del hecho; el Tribunal, si bien expone sus dudas teóricas sobre la doctrina de la Corte, decide receptar el criterio de la CSJN en "Barrientos" y confirmar la solución de grado sobre intereses).
- Votos: fallo por unanimidad; los Dres. Kiper (preopinante), Fajre y Abreut de Begher coincidieron en la propuesta de elevar las partidas y confirmar lo demás.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar