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RODRIGUEZ VENTURA, PEDRO JOSE s/SOLICITUD CARTA DE CIUDADANÍA

Solicitud de carta de ciudadanía: el peticionante requirió naturalización y el Juzgado Federal otorgó la ciudadanía argentina; el tribunal emplazó al solicitante a identificarse como naturalizado en el plazo de un año y ordenó comunicaciones a Migraciones, RENAPER y Registro Nacional de Electores.

Ciudadania Naturalizacion Carta de ciudadania Identificacion Ley 346 Ley 24.533 Renaper Direccion nacional de migraciones Registro electoral Juzgado federal

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: RODRIGUEZ VENTURA, PEDRO JOSE (nacido 22/06/1982, Venezuela), DNI 95.706.057. Demandado: No existe demandado; se trata de una solicitud de carta de ciudadanía presentada ante el Juzgado Federal. Objeto: Otorgamiento de la ciudadanía argentina por naturalización y expedición de Carta de Ciudadanía. Decisión: Se hizo lugar a la solicitud y se otorgó la ciudadanía argentina a Pedro José Rodriguez Ventura; se lo emplazó para identificarse como argentino naturalizado en el plazo de un año a fin de extender Carta de Ciudadanía y se ordenaron las comunicaciones a la Dirección Nacional de Migraciones, al Registro Nacional de las Personas y al Registro Nacional de Electores.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "1°.
- Que con los documentos acompañados, informes de autoridades policiales recibidos, testimonial producida y demás constancias de autos, se ha comprobado fehacientemente los antecedentes e identidad del peticionante, acreditándose los extremos previstos por la Ley 346 y lo dispuesto en el Art. 2 de la Ley n° 24.533 y su modificatoria n° 24.591." "2°.
- Que en consecuencia, habiéndose llenado las formalidades del debido proceso, y lo dictaminado por el Sr. Procurador Fiscal, en uso de las facultades que la ley acuerda a los Jueces de sección, corresponde el otorgamiento de la ciudadanía argentina por naturalización, con los efectos, prerrogativas y deberes que estatuye la normativa vigente." Texto dispositvo: "1°.
- Otorgar la CIUDADANIA ARGENTINA al Sr.: RODRIGUEZ VENTURA, PEDRO JOSE con los derechos y deberes que las leyes acuerdan e imponen, previo juramento solemne de lealtad a la República Argentina, a su Constitución y sus Leyes."
- Disidencias: No registra votos en disidencia en la pieza analizada.

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