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DIAZ, JUAN JOSE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamo por reajustes previsionales y declaración de inconstitucionalidad de normas de movilidad. La Cámara Federal de Bahía Blanca modificó la sentencia de grado en los términos expuestos, declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 e impuso las costas a la ANSES.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Díaz, Juan José. Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES). Objeto: Reajustes varios del haber previsional (beneficio de retiro por invalidez, ley 24.241), y declaración de inconstitucionalidad de diversas normas (entre ellas, arts. de la ley 27.609 y el art. 3 del DNU 157/2018), determinación de pautas de movilidad, intereses y costas. Decisión: La Cámara modificó la sentencia apelada con los alcances expuestos en el voto mayoritario; declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 e impuso las costas de ambas instancias a la demandada vencida. Además, confirmó diversos pronunciamientos de grado y declaró inconstitucional el art. 1° de la ley 27.609 respecto del mecanismo aplicable, disponiendo la forma de actualización indicada en el pronunciamiento.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "En consecuencia, corresponde hacer lugar al agravio esbozado por la parte actora y declarar la inconstitucionalidad del art. 1° de la ley 27.609. En cuanto al mecanismo de recomposición aplicable, y por las razones expuestas en el citado precedente, corresponde disponer la actualización trimestral de los haberes mediante un índice combinado integrado en partes iguales por las variaciones del IPC (Nivel General) del INDEC y del RIPTE, a partir del año 2022 y hasta el trimestre enero-marzo de 2024 inclusive, con deducción de los refuerzos o bonos de carácter no remunerativo eventualmente percibidos y del incremento extraordinario del 12,5% establecido por el dec. 274/2024." "Por último, en relación al agravio relativo a la imposición de costas, corresponde confirmar la resolución recurrida, declarar la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, y hacer aplicación de las pautas de distribución de costas establecidas por el art. 36 de la ley 27.423 y art. 68 del CPCCN, imponiendo las costas de ambas instancias a la demandada vencida, todo de acuerdo con el criterio y fundamentos establecidos por la CSJN in re “Morales, Blanca Azucena c/ Anses s/ Impugnación de acto administrativo” del 22/6/2023, y lo sentenciado por este Tribunal en los autos FBB 5633/2021/CA1 “Lloret, Gabriel Juan c/ Anses, s/ Reajustes varios” a cuyo análisis y fundamentación corresponde remitir por cuestiones de brevedad y de economía procesal."
- Disidencia: La señora Jueza de Cámara Silvia Mónica Fariña no suscribió la parte resolutiva; su voto aparece como no firmante, por lo que el acuerdo mayoritario queda conformado por los Dres. Amabile y Larriera.

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