GEANT ARGENTINA S.A. c/ ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS s/ACCION MERAMENTE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD
GEANT Argentina S.A. promovió acción meramente declarativa de inconstitucionalidad contra la AFIP por la aplicación del ajuste por inflación (art. 61 LIG) en el cálculo del Impuesto a las Ganancias 2018. La Cámara Federal de Córdoba confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda, sostuvo la validez probatoria del peritaje oficial y reguló costas y honorarios conforme lo dispuesto.
¿Quién es el actor?
GEANT ARGENTINA S.A.
¿A quién se demanda?
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP)
- Objeto de la demanda: acción meramente declarativa de inconstitucionalidad y petición de inaplicabilidad de normas que impiden el uso del mecanismo de ajuste por inflación (art. 61 Título VI LIG) para la determinación del Impuesto a las Ganancias correspondiente al ejercicio 2018; se solicitó también medida cautelar (suspendiendo efectos) hasta sentencia definitiva.
¿Qué se resolvió?
la Cámara Federal de Córdoba confirmó la resolución de fecha 14/04/2025 del Juez Federal N°2 de Córdoba en todo lo que decide y fue materia de agravios, rechazando la demanda de GEANT; impuso las costas de la Alzada a la actora; reguló honorarios (35% para la representación de la demandada y 30% para la actora respecto de lo regulado en la instancia anterior) y confirmó la regulación de honorarios del perito oficial en 6 UMA.
- Fundamentos principales (transcripciones textuales relevantes):
“El perito concluye que ... el resultado impositivo de acuerdo con la metodología estipulada en el Titulo VI de la LIG y sus normas complementarias , asciende a la suma de $102.974.421,27 y el impuesto determinado fue de $30.892.326,38; que el importe del resultado impositivo sin aplicar la metodología estipulada en el Título VI de la LIG y sus normas complementarias asciende a la suma de $97.701.399,62 y el impuesto determinado asciende a la suma de $29.310.419,88; Finalmente que el porcentaje de alícuota efectiva del Impuesto a las Ganancias resultante de aplicar el impuesto informado sin aplica el referido ajuste sobre el resultado impositivo aplicando el ajuste del Título VI de la LIG es de 28,46%.”
“De la pericia se advierte la alícuota efectiva resultante sin aplicar el mecanismo de ajuste, sobre el resultado impositivo aplicando el ajuste -28,46%
- no afecta en forma confiscatoria la capacidad contributiva en los parámetros dados por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa ‘Candy S.A.’ (Fallos: 332 :1571).”
“Por ello, a fin de regular honorarios profesionales ... corresponde confirmar la regulación de honorarios practicad a favor del perito oficial en la cantidad de 6 UMA, los que deberán ser abonados conforme el valor de UMA vigente al momento del pago.”
“Las costas de la Alzada se imponen a la accionante vencida en virtud del principio objetivo de la derrota (art. 68, 1° parte del CPCCN.), a cuyo fin se regulan los honorarios de la representación jurídica de la demandada en el 35% de lo regulado en la Instancia de grado ... y los de la parte accionante se fijan en un 30% de lo estipulado en la instancia anterior.”
- Sobre valoración probatoria: el Tribunal sostuvo la validez y suficiencia del dictamen del perito oficial conforme a arts. 472 y 477 CPCCN y preferenció su informe frente a dictámenes de peritos de parte, señalando la necesidad probatoria para declarar inconstitucionalidad en casos de presunta confiscatoriedad (cita precedente plenario OPIZZO y doctrina de la CSJN, Candy S.A.).
- Disidencia: no hubo voto disidente; la confirmación fue acordada por la mayoría y las distribuciones de costas fueron por mayoría en lo pertinente, pero la parte dispositiva se adoptó por unanimidad en los términos transcritos.
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