DEAK MARQUEZ, ELENA c/ OSDE BINARIO s/SUMARISIMO DE SALUD
Amparo por cobertura integral de tratamientos y escolaridad para niña con discapacidad. El Juzgado hizo lugar a la demanda y condenó a OSDE BINARIO a brindar la cobertura integral al 100% de las prestaciones prescritas (tratamiento con enfoque ABA, terapias y apoyo escolar), conforme a prescripción médica y a los alcances señalados en los considerandos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: M.M.D. y M.B.M. en representación de su hija menor D.M.E.
Demandado: OSDE BINARIO (empresa de medicina prepaga).
Objeto: Cobertura integral al 100% de prestaciones médicas y educativas: tratamiento con enfoque terapéutico basado en ABA (psicología, terapia ocupacional), cuota mensual del Instituto Privado "Colegio Mallinckrodt", maestra integradora con enfoque ABA, y demás terapias (kinesiología, fonoaudiología, etc.) indicadas por los profesionales.
Decisión: Se hizo lugar a la demanda y se condenó a la demandada a brindar la cobertura integral de las prestaciones objeto de autos con los alcances señalados en los considerandos 2), 4) y 5), conforme a prescripción médica y las necesidades de la niña. Se impusieron las costas a la demandada y se regularon los honorarios de los letrados y peritos (ver montos).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones relevantes):
Dictamen pericial no controvertido: “necesita continuar con el tratamiento actual, a saber: TCC con enfoque ABA 5 veces por semana, TO 5 veces por semana, Kinesiología 5 veces por semana, AT 5 veces por semana, Fonoaudiología 4 veces por semana...." (Dictamen pericial obrante a fs. 462/465).
Sobre la escolaridad y derechos: la Ley 24.901 y su reglamentación prevén la cobertura total de las prestaciones educativas incluyendo la escolaridad en todos sus tipos; la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (ley 26.378) exige un sistema de educación inclusivo y que “Las personas con discapacidad no queden excluidas del sistema general de educación por motivos de discapacidad...”.
Parte dispositiva: “Hacer lugar a la demanda iniciada por los Sres. M.M.D. y M.B.M., en representación de su hija menor D.M.E.; en consecuencia, condeno a la demandada a brindar la cobertura integral de las prestaciones objeto de autos con los alcances señalados en los considerandos 2), 4) y 5) de la presente. Todo, conforme a prescripción médica y de acuerdo a las necesidades que presente la atención de la niña.”
Sobre alcance de cobertura para prestadores ajenos: se aplicará la limitación arancelaria prevista en el Nomenclador del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral para Personas con Discapacidad; prestaciones con prestadores propios: cobertura al 100%; con prestadores ajenos: límite arancelario del Nomenclador o, si no estuvieren especificadas, el límite para “Prestaciones de apoyo” (cfr. considerandos 5).
- Disidencias: No se registran votos discordantes en el texto; se trata de sentencia de primera instancia firmada por el juez.
Montos y otros datos relevantes:
- Fecha de firma: 22/04/2026.
- Honorarios al letrado patrocinante (actor): $1.000.000 y adicional $743.760 (indicados como "UN MILLON TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS TREINTA PESOS ($ 743.760.-)" según texto).
- Honorarios por peritos Antonio Francisco Seta y Vanina Cerruti: $554.892 cada uno (6 UMA).
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