MONTERO, MARCOS DANIEL ARTURO c/ DELGADO, CLAUDIO GABRIEL s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
El actor demandó por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito con secuelas físicas y psíquicas. La Cámara elevó las partidas indemnizatorias (incapacidad sobreviniente a $14.500.000; gastos médicos y traslados a $80.000; daño moral a $6.000.000) y confirmó el resto de la sentencia apelada.
¿Quién es el actor?
Marcos Daniel Arturo Montero.
¿A quién se demanda?
Claudio Gabriel Delgado y Orbis Compañía Argentina de Seguros S.A. (citada en garantía, art. 118 ley 17.418).
- Objeto de la demanda: reclamo por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito, con reconocimiento de incapacidad sobreviniente (física y psíquica), gastos de tratamiento, gastos de farmacia/asistencia/traslado y daño moral.
¿Qué se resolvió?
se elevan las partidas indemnizatorias a $14.500.000 por incapacidad sobreviniente (física, psíquica, gastos de tratamiento ya realizados de rehabilitación y tratamiento terapéutico), $80.000 por gastos de farmacia, asistencia médica y traslado, y $6.000.000 por daño extrapatrimonial (daño moral); se confirma el resto de la sentencia apelada en todo lo que fue materia de agravios; se imponen las costas de Alzada en el orden causado; y se difiere la adecuación y fijación de honorarios hasta la liquidación definitiva aprobada.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
"En consecuencia, propongo al Acuerdo elevar el monto dispuesto en la sentencia de grado a la suma total de $ 14.500.000 en concepto de incapacidad física, psíquica, gastos de tratamiento ya realizados de rehabilitación y tratamiento terapéutico (art. 165 del Código Procesal)."
"En virtud de lo expuesto, la jurisprudencia citada y los elementos probatorios que fueron valorados en forma precedente, considero que la suma otorgada en la instancia de grado resulta reducida, por lo que propondré su elevación a la suma de $ 80.000 (art.165 del Código Procesal)."
"En consecuencia, propongo al Acuerdo elevar el monto establecido en la sentencia de grado a la suma de $ 6.000.000 (art. 165 del Código Procesal)."
Además, la Sala valoró el informe pericial de la Dra. Zulma Roxana Moya Ruiz que determinó una incapacidad del 36,79% y consideró procedente aplicar pautas de cuantificación razonadas (fórmulas orientadoras, principio de reparación plena, y valoración según las circunstancias personales del actor —24 años, conductor de remise—) para fijar el quantum indemnizatorio.
- Votos en disidencia: no hubo voto en disidencia; los tres jueces (Sorini, Fajre y Li Rosi) votaron en el mismo sentido.
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