PIVIKOVA, ANASTASIIA s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA
Anastasiia Pivikova solicitó la carta de ciudadanía argentina. El Juzgado Federal declaró a la solicitante ciudadana argentina y ordenó expedir la carta de ciudadanía, condicionando la concesión al juramento de fidelidad y al deber de enrolarse dentro del plazo de un año.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: ANASTASIIA PIVIKOVA, peticionaria de la carta de ciudadanía.
Demandado: trámite contra el Estado (procedimiento de solicitud de nacionalidad ante el Juzgado correspondiente; intervención del Ministerio Público Fiscal y de organismos oficiados).
Objeto: concesión de la ciudadanía argentina y expedición de la carta de ciudadanía.
Decisión: Se declaró ciudadana argentina a ANASTASIIA PIVIKOVA y se ordenó expedir la carta de ciudadanía, con la condición de que, bajo juramento, comprometa su fidelidad a la República Argentina, sus instituciones y a la Constitución Nacional, y se la aperciba de la obligación de enrolarse dentro del plazo de un (1) año, bajo apercibimiento de multa; además se ordenó oficiar al Registro Nacional de las Personas, a la Cámara Nacional Electoral y a la Dirección Nacional de Migraciones, y comunicar la concesión a la Dirección de Comunicación y Gobierno Abierto de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo):
"En primer lugar, corresponde analizar, teniendo en cuenta las diversas contestaciones de oficios agregadas en la causa, si la peticionaria se encuentra comprendida en alguna de las causales que le impidan obtener el honor de la ciudadanía argentina (conf. art. 5 del decreto 3213/84)."
"En este sentido, de las constancias arrimadas al proceso no se advierte la existencia de obstáculos que puedan frustrar la petición de la interesada."
"Por otro lado, goza de una situación migratoria regular, no existiendo constancia alguna de variación de dicho estado migratorio."
"Por lo expuesto precedentemente, cabe concluir que la peticionaria reúne las condiciones prescriptas por la Constitución Nacional, por la ley 346 -y sus modificatorias
- para la incorporación de extranjeros a la ciudadanía argentina, y atento la expresa manifestación de voluntad prestada por quien peticiona," seguido por la parte resolutiva que declara la ciudadanía y dispone la expedición de la carta de ciudadanía y las comunicaciones correspondientes.
- Disidencias: No constan votos en disidencia; la resolución es del Juez Federal Dr. Gonzalo Auguste en primera instancia.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: